Cómo elegir la mejor forma jurídica para tu empresa


Antes siquiera de definir el objeto social, de abrir la cuenta bancaria o incluso de acudir al Registro Mercantil, hay que pasar por el Sombrero Seleccionador de la forma jurídica. Es decir, dar un salto a ese mar legal y elegir alguna de las muchas fórmulas que ofrece la normativa mercantil en España.

Sería equivocado pensar que esta forma societaria es más importante que el DAFO inicial, el estudio de mercado o el plan de negocio en su conjunto, pero sí es un paso vital para coordinar el potencial estratégico de la idea tras el proyecto, con la realidad por la que discurrirá para materializarse.

Y es que, más allá de las implicaciones intangibles en materia de imagen de marca, la forma jurídica condicionará por completo la tributación del negocio. Es decir, cómo, cuanto y cuándo paga impuestos, y qué capital queda restante para dedicarlo a otras cuestiones.

¿Es buen momento para elegir color?

Ceteris paribus, de dos ideas idénticas enfrentadas, se saldaría ganadora aquella recogida en la forma jurídica más afín a sus objetivos y recursos. ¿Cómo dar con la correcta?

Se trata de una pregunta que nunca ha sido sencillo responder, y que durante los últimos dos años se ha complicado todavía más por el contexto pandémico y la sucesiva crisis. La caída de la demanda ha derivado en un descenso de la liquidez del tejido empresarial, y esto ha limitado la capacidad emprendedora del mismo.

El dinero, montante y sonante, es, quizás, uno de los indicativos más importantes a la hora de elegir el tipo de forma jurídica. Por eso no es extraño que, de acuerdo con datos del INE, la constitución de empresas descendiera un 15,8% en 2020, hasta las 79.151 formalizaciones.

Era el mayor desplome de la serie de los últimos 11 años, cuando arreciaba la crisis financiera iniciada en el ya lejano 2008.

Visto así, emprender en este momento sería una idea arriesgada y lesiva. ¿Quién querría poner en juego su dinero con semejantes garantías? El dato, sin embargo, es engañoso si se le extirpa la fotografía que lo rodea.

Viajando a agosto de 2021, observamos un repunte notable de la actividad emprendedora. Uno que revierte por completo las conclusiones.

Así, la última Encuesta de Población Activa, que también incluye datos referentes a las sociedades, revelaba cómo en junio se crearon 9.554 empresas. Es decir, nada más y menos que un 41,8% más que en el mismo mes del año anterior.Estos nuevos proyectos suscribieron además 472 millones de capital, un 20,2% más de lo reflejado por el capital medio por sociedad de 49.458 euros.

variación de creación de empresas españa 2021

Los principales sectores benefactores del cambio de tendencia han sido el comercio (20,2%), las inmobiliarias, financieras y aseguradoras (15,8%) y la construcción (12,2%). Esto no quiere decir, claro, que el resto hayan salido igual de impulsados; de hecho durante el mismo periodo también aumentó un 40,8% la disolución de empresas. Continúa la volatilidad.

¿Qué está pasando? Los expertos apuntan hacia un proceso de renovación del tejido empresarial. Un fenómeno que también se dio en la pasada década cuando floreció la economía colaborativa y surgieron firmas cono Aribnb o Cabify.

Elisabet Ruiz-Dotras, profesora de economía en la UOC cree que es el mismo “proceso natural que sucede en momentos de crisis”, visto en nuestros vecinos europeos. Francia, Reino Unido y Alemania —incluso Estados Unidos y Japón— están viendo cómo su composición empresarial muda de piel con nuevas ideas y capitales.

Por un lado ha habido una situación en que la gente ha tenido mucho tiempo para pensar y después también se ha sumado el hecho de que han cambiado las tendencias de consumo", sostiene en declaraciones a Bussines Insider. A esto hay que añadir el incremento desestacionalizado del paro y su efecto alentador para trabajar por cuenta propia.

Cierto es que en los datos se incluyen empresas renacidas de sus cenizas. O lo que es lo mismo, negocios que han pasado por concurso de acreedores, y que cerradas han vuelto a abrir con otro nombre.

Sin embargo, para Celia Ferrero, vicepresidenta de ATA, la creación es toda neta porque “se está sustentando a las empresas a través de ayudas”.

Siguiendo esa conclusión, aunque la destrucción de empresas podría aumentar cuando cesen los estímulos nacionales, las expectativas que generan los futuros fondos europeos terminarían decantando la balanza hacia el lado verde. Especialmente en temas de consultoría y licitación, y en proyectos derivados del proceso de digitalización.

Por lo tanto, lanzarse a emprender no sería una idea tan descabellada. "Todo el que cree una empresa con respecto a eso ahora mismo va a tener muchas oportunidades, pero lo están haciendo muchos también, habrá que ver si toda esa gente realmente tiene mercado", señala.

Por todo ello, acertar en la elección de la forma jurídica es más importante que nunca.

Factores a tener en cuenta para elegir la forma jurídica

La cuestión es tan compleja que hace unos años el propio Ministerio de Industria, Comercio y Turismo decidió crear una herramienta para facilitar el trámite a los emprendedores. Se trata de un portal en iPyme en el que se puede seleccionar los tres pilares que después condicionarán la forma jurídica:

  • Responsabilidad: limitada o ilimitada.
  • Número de socios: uno, dos, tres o más.
  • Capital social: sin mínimo legal, entre 3000€ y 59 999€, entre 60 000€ y 120 000€ o más de 120 000€.

En muchos casos el emprendedor se decide por ser empresario individual por cuestiones económicas, escasos iniciales, carencia de socios o colaboradores e incógnita en cuanto a la perdurabilidad de la empresa”, indican desde NewPyme y su Entorno Área Pymes.

Otras veces se decide ser empresa societaria por la limitación que existe en cuanto a la responsabilidad patrimonial ante terceros resultantes de la actividad de la misma”. Son patrones que se repiten con frecuencia. Sin embargo, eso no significa que exista una receta mágica universal.

Aunque se tenga claro qué marcar en los tres factores previamente señalados, no hay garantías de que la elección de la forma jurídica “recomendada” vaya a suponer el éxito del proyecto. Se habla siempre de idoneidad y de optimización estratégica y tributaria. Algo, que teniendo en cuenta el contexto, ya supone una gran oportunidad.

Actividad económica a desarrollar

Al margen de lo obvio, cada emprendedor debe tener en cuenta la normativa y el marco legal sobre el que opera el sector en el que se va a meter. Si toda su competencia se constituye como Sociedad Limitada a lo mejor es porque es la mejor fórmula para hacer frente a las obligaciones de dicha industria.

Por eso siempre es recomendable estudiar con detenimiento todas las particularidades del contexto; las más obvias y las que se suelen dejar de lado por nimias. En este proceso puede resultar de gran ayuda un asesor con conocimientos legales, puesto que podrá aportar un enfoque técnico diferente y —quizás— más objetivo.

Imagen que se quiera proyectar

Sí, aunque parezca una cuestión puramente burocrática, la elección de la forma jurídica también afectará a los valores corporativos de la organización resultante. Basta con mirar qué reputación tiene el colectivo de autónomos o qué consideración se maneja entre ciertos segmentos del mercado respecto a las Sociedades Anónimas.

Y no, no basta con apelar a creencias y clichés. Puede que los clientes con los que vayas a trabajar no compartan las mismas opiniones que el mercado en su conjunto. En el caso de las S.A., por ejemplo, al estar obligada a depositar sus cuentas contables en el Registro Mercantil, ofrece más garantías a sus stakeholders que otras sociedades mercantiles.

Fiscalidad

Es probablemente lo primero en lo que piensa un emprendedor cuando tiene que elegir la forma jurídica de su proyecto. No es para menos. Aunque la idea sea muy valiosa y revierta en grandes beneficios a corto-medio plazo, si la constitución es errónea esos resultados quedarán gravados con una carga fiscal superior a lo que permite la ley.

La distinción más importante aquí depende del número de socios que vayan a integrar la sociedad. Mientras el empresario individual tributa sus cuentas con el IRPF, la empresa societaria lo hace mediante el Impuesto de Sociedades. Y como ya sabrás, el primero es un impuesto progresivo que aumenta según los ingresos, y el segundo es fijo.

Responsabilidad legal

¿Dispones de mucho capital para invertir? ¿Cuentas con una red de apoyo en caso de fallar? La responsabilidad es una de las variables más importantes porque de ella depende la tranquilidad y seguridad con la que se operará en el día a día. No es lo mismo responder con tu propio patrimonio que con el negocio.

En las sociedades mercantiles la responsabilidad está limitada al capital aportado, pero en otros casos es ilimitada. Eso quiere decir que en caso de quiebra, el empresario tendría que responder primero con el patrimonio de la empresa y después con el suyo particular o con el de la Comunidad de Bienes (en caso de serlo). Por eso hay quienes huyen del autónomo y se constituyen como empresa societaria.

Número de socios

Ya lo hemos señalado pero no huelga volver a repetirlo. El número de participantes del proyecto es vital para saber qué forma jurídica interesa más. Si eres un emprendedor en solitario, las cosas se reducen a unas pocas opciones, pero si sois dos o más el rango de posibilidades es mayor. Recuerda que las sociedades van acompañadas de restricciones legales muy claras en este apartado.

En tal sentido, la ley dispone de mecanismos que podrían considerarse “tramposos” por contradecir la semántica propia del lenguaje que se maneja. Hablamos de la posibilidad de constituirse como empresa societaria a pesar de ser un solo emprendedor a través de la Sociedad Limitada Unipersonal (S.L.U.) y la Sociedad Anónima Unipersonal (S.A.U.).

Capital social mínimo

No es necesario mencionar que la inversión inicial disponible condicionará completamente el tipo de forma jurídica a elegir. Más que nada porque cada una de ellas refleja un capital social mínimo de constitución. Un endeudamiento elevado en fases iniciales puede terminar lastrando la rentabilidad futura. No todo el apalancamiento revierte en crecimiento.

Para cantidades elevadas, por encima de 60.000 euros de rendimiento neto al año, es más rentable constituir una sociedad que ser un empresario individual, debido al tratamiento fiscal que dicho rendimiento tiene”, señalan. Convertirse en autónomo o en Sociedad Civil, en cambio, sale completamente gratis. Otras ofrecen requisitos intermedios, como la S.L y sus 3.000 euros de capital mínimo.

Proyección internacional

Aunque casi ningún negocio lo contempla desde un principio, la internacionalización puede terminar llegando a medio o largo plazo. Y no es igual de compleja o desafiante abordarla para una Comunidad de Bienes que para una Sociedad Limitada. Estatutos, normativas y capacidad de financiación son armas de doble filo que hay que tener siempre de nuestro lado.

Por lo general se entiende que la Sociedad Anónima es la que siempre va a tener más facilidades para llevar a cabo el desembarco, pero no faltan los casos de S.L y otras empresas con formas jurídicas distintas, que también han logrado triunfar en el extranjero.

Subvenciones

Cuando la Administración pone a disposición de las empresas determinadas ayudas, lo suele hacer añadiendo una larga ristra de exigencias y requisitos. Normalmente suelen ser excluyentes con el fin de evitar que se produzcan efectos llamada y los fondos disponibles se agoten muy rápido.

Eso, claro, pasa por discriminar por forma jurídica, entre muchas otras cosas. Lo más recomendable en estos casos es estar pendiente de la actualidad, leer medios afines al colectivo que nos interese, y acudir a la web del Ministerio para conocer los detalles de todas las ayudas disponibles.

¿Adiós a la burocracia?: la medida que facilitará la creación de empresas

Al margen de la falta de capital y de experiencia, una de las principales causas a las que alegan los emprendedores cuando se habla de fracaso es la burocracia. Así es, España cuenta con uno de los procesos más farragosos y largos de Europa en lo que se refiere a la creación de empresas. Pero eso podría cambiar dentro de muy poco.

El pasado febrero de 2021 el Ministerio de Economía presentó una consulta pública para terminar de perfilar un nuevo cauce mucho más ágil y sencillo. A través de este, será posible constituir una sociedad en tan solo 10 días, con 1 euro y de forma íntegramente digital. Y eso es solo la punta del iceberg:

  • Eliminación del capital social mínimo legal para constituir una SRL
  • Creación de una empresa de forma enteramente digital.
  • Eliminación de barreras a la entrada en determinadas actividades económicas.
  • Medidas para mejorar la regulación en todo el territorio nacional.
  • Eliminación de obstáculos al crecimiento.
  • Medidas para luchar contra la morosidad comercial.
  • Medidas de apoyo financiero.

Se considera conveniente mejorar la normativa aplicable para lograr una mayor claridad, una reducción de cargas administrativas y una mayor seguridad jurídica, así como una mayor eficacia en el funcionamiento de los instrumentos de mejora de la regulación económica en beneficio último de empresas y consumidores”, señalaba el escrito.

El periodo de consulta finalizó en marzo, y se prevé que a lo largo del próximo 2022 se conozca ya la versión definitiva de esta actualización normativa. Es solo uno de los muchos puntos que conforman el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por lo que no habría de perderse entre el ruido como ha pasado con otras propuestas del pasado.

¿Y ya está? Sí. El dilema de la forma jurídica seguirá presente. Por eso desde Yoigo Negocios te aconsejamos que no te alejes nunca de la información. Hazte con las mejores herramientas y mantente informado para tomar las decisiones adecuadas de cara al futuro tan emocionante que nos espera.

Entra en nuestra web o llama al 900 676 535, y deja de dar pasos en ciego. Tu idea tiene mucho potencial, pero necesita el trampolín adecuado para empezar a volar.