Madrid, donde la tarifa plana de autónomos sí funciona


Los autónomos se han convertido en una figura fundamental en la economía de España. El Ministerio de Hacienda ha reconocido su importante aportación al país ya que cada vez son más relevantes las contribuciones que se realizan al tejido empresarial por parte de autónomos y pequeñas y medianas empresas, lo que fomenta la recuperación económica y beneficia directamente al capital de la nación.

Actualmente en España hay 19,36 millones de población ocupada y 3,26 millones son autónomos. Es decir, el 16,8% de la población activa en España son trabajadores por cuenta propia. Durante el primer trimestre de 2018, generaron 36.218 empleos, lo que supone una media de 300 puestos de trabajos al día.

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Además, en nuestro país, el 83% de las empresas tienen al frente a un autónomo. Un total de 2,8 millones de organizaciones españolas se rigen con este modelo de negocio, que a su vez constituyen la mayoría del tejido empresarial estatal. Este tipo de compañías suelen tener a dos o menos empleados contratados, normalmente menos ya que el 67% de las sociedades no cuenta con ningún contratado. Aún así, son las empresas que más ocupación generan en España.

Desde que el Gobierno es consciente de la gran influencia de los autónomos en la economía, han puesto a disposición del colectivo medidas que promueven su actividad empresarial. Una de las más reseñables es la tarifa plana de autónomos que se implementó en el año 2013.

¿Qué es la tarifa plana de autónomos?

Se trata de una forma de impulsar el empleo por cuenta propia en España y está basada en el pago de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social durante los primeros meses en los que se desempeñe la actividad profesional en calidad de autónomo.

Antes de implementar esta medida los trabajadores por cuenta propia debían pagar la cuota mínima de 283,30 euros al mes. En la actualidad, gracias a la Ley de autónomos es necesario abonar 60 euros durante los doce primeros meses.

La Ley 14/2013 entró en vigor el 28 de septiembre de 2013 pero desde entonces ha sufrido diferentes cambios hasta contar con las condiciones actuales. De hecho, inicialmente esta medida estaba propuesta para incentivar a los empresarios menores de 30 años, pero ante la reacción del colectivo, la edad se convirtió en un factor indiferente a la hora de poder acceder a este beneficio.

Actualmente los últimos cambios que ha sufrido la ley están recogidos en el Real Decreto-ley 28/2018 que se comenzó a aplicar en el inicio de 2019. La novedad principal era que la cuota pasaba de 50 a 60 euros mensuales. Existe una razón para el aumento del dividendo: se debe a la nueva normativa sobre tipos de cotización que presenta la obligación de que todos los autónomos tengan protegidas las coberturas sociales. Hasta el momento, solo era necesario cotizar por contingencias comunes, pero con la entrada en vigor de la normativa, los trabajadores por cuenta propia deben cotizar también por contingencias profesionales, siendo opcional presentar el cese de actividad y la formación profesional durante los meses que el autónomo se esté beneficiando de la tarifa plana.

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Otra de las modificaciones que se ha aprobado recientemente es la ampliación de la cuota reducida hasta 24 meses para aquellos empresarios que estén empadronados en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Si quieres disfrutar de la tarifa plana para autónomos y cumples con los requisitos necesarios, puedes solicitarla en la Seguridad Social en el momento que realizas el alta en calidad de trabajador por cuenta propia.

En cuanto a las condiciones para acceder a la reducción de cuota, debes cumplir con una serie de factores:

No haber estado dado de alta como autónomo

Es importante que no hayas estado cotizando el régimen de trabajador por cuenta propia durante los dos últimos años -tres en caso de haber estado recibiendo ayudas-.

No administrar una sociedad

Estos empresarios están obligados a abonar una cantidad superior y por ello, no pueden acogerse a la tarifa plana. En 2019 esta cuantía es de 364,22 euros al mes.

No ser autónomo colaborador o pluriactivo

Los colaboradores, que hacen referencia a los familiares, o los autónomos pluriactivos cuentan con otro tipo de bonificaciones y por esta razón no se puede acoger a la tarifa plana.

No tener deudas pendientes con el Estado

Es necesario estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración y con la Seguridad Social para poder acceder a la subvención.

La tarifa plana para autónomos en 2019

Las modificaciones recogidas en el Real Decreto-ley 28/2018 también han afectado al tiempo en el que puedes disfrutar de las retribuciones y cómo:

Durante los 12 primeros meses

Desde la entrada en vigor de los cambios, durante el primer año, los autónomos deben pagar 60 euros por las contingencias comunes o bien, un 80% de la retribución en el caso de cotizar por bases que superen la mínima establecida de 944,40 euros.

Desde el mes 12 al 18

En este periodo la cuota asciende a 141,65 euros al mes y la reducción de la bonificación será del 50%.

Desde el mes 18 al 24

Durante este semestre el descuento de la subvención es del 30% y la cuota, 198,31 euros al mes.

Hasta el mes 36

Los autónomos menores de 30 años y las mujeres emprendedoras menores de 35 años pueden ampliar los beneficios de la reducción de cuota del 30% y la cuota de 198,31 euros mensuales.

La tarifa plana para autónomos en Madrid

La Comunidad de Madrid propuso en 2016 ampliar la tarifa plana de autónomos hasta un máximo de doce meses adicionales, de tal manera que cuando finalice el periodo en el que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ofrece el incentivo para generar empleo entre los emprendedores, la Comunidad de Madrid se hace cargo de la subvención para que puedan seguir realizando su actividad profesional sin pagar más.

Dentro de la Comunidad pueden acceder a la prolongación de la tarifa plana aquellos autónomos que se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y cumplan los requisitos estatales para recibir esta ayuda. Además, se añaden las siguientes condiciones por parte de la Autonomía:

  • La actividad profesional a la que va destinada la bonificación se tiene que realizar dentro de la Comunidad de Madrid.

  • La empresa debe estar en activo durante el tiempo en el que estás disfrutando de la subvención y manteniendo las condiciones con la que consiguieron dicha ayuda por parte del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

  • Por último, es esencial estar al corriente de todas las obligaciones tributarias con el Estado y no presentar ninguna deuda con la Administración.

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Dentro de la Comunidad de Madrid existe un plazo especial para presentar las solicitudes que permiten disfrutar de hasta doce meses más de la tarifa plana de autónomos. Aquellos que se hayan dado de alta en el RETA y se les haya concedido el incentivo pueden enviar el requerimiento a la Comunidad durante los cuatro últimos meses del tiempo en el que están disfrutando de la cuota reducida por parte del Estado hasta un mes después de haber finalizado ese plazo. Todas las que no estén dentro de esos cinco meses, se considerarán inadmitidas.

La ayuda por parte de Madrid es excluyente si ya disfrutas de la bonificación de cuotas por capitalización de desempleo. Por el contrario, es compatible con la subvención de trabajadores que se constituyan por cuenta propia.

En el caso de que la Comunidad de Madrid efectivamente la apruebe, aumenta la tarifa plana para el autónomo y el incentivo se abonará en un pago anticipado del importe de los 12 meses. Si durante ese tiempo, el autónomo cesa su actividad profesional, el beneficiario que no haya completado los doce meses, deja de cumplir las condiciones por lo que deberá devolver a la Comunidad la parte proporcional al plazo que no ha desempeñado sus funciones.

Madrid ya ha subvencionado a más de 18.000 autónomos que han solicitado la ampliación de la tarifa plana y es la única comunidad autónoma en la que se puede decir que ha sido un éxito esta propuesta para fomentar el empleo.

¿Por qué funciona la tarifa plana en Madrid?

El último informe de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha hecho un balance de cómo ha afectado esta medida a las afiliaciones a la Seguridad Social en calidad de autónomos. Los resultados han sido de lo más reveladores:

En el momento en el que se implementó la tarifa plana en 2013 hubo un incremento considerable en las inscripciones que se evidenció durante el año siguiente, llegando a alcanzar los 68.000 nuevos autónomos.

En total, desde que entró en vigor esta medida hasta junio de 2018, las afiliaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) han aumentado en 229.000 usuarios. Mientras tanto, en ese mismo periodo de tiempo, ascienden a 1.474.000 las personas que están disfrutando de la tarifa plana. Al finalizar el plazo en el que pueden aplicar la cuota reducida, tan solo el 15% sigue realizando su actividad como autónomo. Los datos son concluyentes para afirmar que la tarifa plana para autónomos genera empleo a corto plazo, pero no es una medida de larga duración y tampoco de calidad, ya que no retiene a los nuevos autónomos.

Sin embargo, en la Comunidad de Madrid el balance es totalmente diferente. El 86% de los autónomos que se han beneficiado de la cuota reducida siguen dados de alta una vez que ha finalizado el plazo en el que se pueden lucrar de dicha medida. Por lo tanto, en Madrid sí que funciona la tarifa plana ya que la mayoría de los que se han visto favorecidos por ella, continúan con un empleo estable. Se debe, mayoritariamente, a la ampliación del plazo en el que se puede aplicar de la cuota de 50 euros. La parte monetaria correspondiente a ese periodo de tiempo está subvencionada por la Comunidad de Madrid y acordada junto a los sindicatos UGT Madrid, CC.OO. Madrid y CEIM.