Conciliar la vida familiar con la laboral siempre es complicado. Pero en el caso de los trabajadores por cuenta propia, hasta hace poco era prácticamente imposible. Por fortuna, la nueva ley de autónomos ha cambiado el panorama y nos permite disfrutar de hasta 8 semanas de baja por paternidad. ¿Quieres conocer todos los detalles?
En la entrada de hoy vamos a hablar de la nueva ley de autónomos y las ayudas por paternidad. Veremos cómo queda el estatuto del trabajador y todos los requisitos que debes cumplir para beneficiarte de ellas. ¡Comenzamos!
El pasado 1 de abril de 2019 entró en vigor un real decreto que ampliaba las bajas por paternidad hasta las 8 semanas. Se prevé que para 2020 se extienda hasta las 12. Y en 2021 hasta las 16 semanas, para así equipararse a las bajas de maternidad. No obstante, nuestro consejo es que busques información en los canales oficiales. Debido a que algunas comunidades autónomas (como es el caso del País Vasco) ya han establecido una baja por paternidad de 16 semanas.
El estatuto del trabajador autónomo establece que la madre puede ceder algunas semanas al padre. El máximo será de 4 semanas en 2019 y de 2 semanas en 2020. A partir de 2021 ya no será posible. Ya que ambos progenitores dispondrán de 16 semanas de permiso tras el nacimiento de su hijo. Una ley que sitúa a España en la vanguardia de los derechos sociales de los trabajadores por cuenta propia.
¿Quién puede solicitarlas? Todos aquellos autónomos sin deudas pendientes que estén dados de alta en Hacienda y la Seguridad Social. Debes comunicar el nacimiento de tu hijo en un plazo de 15 días. Y haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años. O 360 días en toda tu vida laboral. ¿Cuándo puedo disfrutar estos días? Las primeras 2 semanas han de cogerse justo después del parto. Mientras que las 6 restantes se pueden distribuir como quieras mientras tu hijo no supere el año de edad.
En cuanto al dinero que recibirás por la prestación, se calcula sumando las bases cotizables de los últimos 6 meses y dividiéndolas por 180. En este sentido, un autónomo que cotice por la base mínima de 944,40 euros percibirá una cuantía diaria de 31,48 euros. Con un total de 1.762,88 euros por las 8 semanas de permiso de paternidad.
Es muy sencillo, solo tienes que acudir a la oficina más cercana de la Seguridad Social. No olvides llevar tu DNI, el informe del nacimiento firmado por el médico y el Libro de Familia o la inscripción de tu hijo en el Registro Civil. También te hará falta rellenar el modelo correspondiente que puedes descargar de la página web de la Seguridad Social. La resolución llegará en unas semanas a tu domicilio. Y podrás comenzar a cobrar a partir de la segunda semana del mes siguiente al reconocimiento de la solicitud.