Cuándo y cómo presentar el modelo 145 para autónomos, paso a paso


Aunque ser autónomo tiene numerosas ventajas, también conlleva una serie de obligaciones y responsabilidades. Declarar a Hacienda es una de ellas. En este sentido, los autónomos deben presentar varios modelos de impuestos, como el modelo 145.

En este artículo te vamos a explicar qué es, para qué sirve, cuándo y cómo presentarlo a la Agencia Tributaria y todo lo que necesitas saber para evitar algunos errores; que entre tantísima burocracia es normal cometer errores.

Cuándo y cómo presentar el modelo 145 para autónomos

El modelo 145 o "Comunicación de Datos al Pagador" es un formulario o documento informativo que los autónomos tienen que entregar a Hacienda. Aquí se recogen sus datos personales y sirve para determinar cuál es el porcentaje de retención de IRPF que será aplicado a su sueldo correspondiente.

En el caso de los asalariados o trabajadores de pymes, la retención de IRPF aplicará a su nómina o salario. Respecto a los datos que deben aparecer en el modelo 145, estas son las dos situaciones en las que un autónomo o un asalariado debe presentarlo:

  • Tienes trabajadores a tu cargo. Si es tu situación, todos los trabajadores que estén a tu cargo deberán completar el modelo 145 de forma obligatoria. En este documento se indicará cuál es la situación personal y familiar de cada trabajador. De esta manera, el porcentaje de retención de IRPF será aplicado a cada uno de ellos.
  • Recibiste una prestación por rendimientos de trabajo. Aquí no se tendrá en cuenta la situación personal y familiar de los trabajadores que tengas a tu cargo. En este caso, lo único que tendrás que hacer al presentar tu Declaración de la Renta es incluir las deducciones que puedan aplicarse a tu propia situación familiar y personal.

Cuándo presentar el modelo 145

Desde el primer momento en que un empleado sea contratado, tanto el autónomo como la pyme estarán obligados a pedir al trabajador que rellene el modelo 145. Lo mismo si hay algún cambio en la situación personal o familiar de este, por lo que tendrá que actualizarse este documento.

Además, si vas a solicitar alguna prestación, es muy importante que presentes sí o sí este modelo. De lo contrario, se considerará una infracción tributaria y podrías pagar una multa de hasta un 150% de la cantidad que no haya sido retenida anteriormente por Hacienda.

Dónde presentar el modelo 145

Aunque este modelo no tiene que presentarse ante un organismo oficial, sí que es necesario que el contribuyente autónomo o asalariado guarde una copia del documento. Esto es muy importante, ya que en cualquier momento podría tener que disponer de él y mostrarlo a la Agencia Tributaria.

No obstante, en caso de recibir una ayuda, sí que deberás presentar online el modelo 145 ante la entidad que vaya a concederte dicha prestación.

Cómo rellenar el modelo 145

El siguiente paso es saber cómo rellenar el modelo 145. Como te decíamos antes, no es lo mismo que tengas empleados a tu cargo que tener que presentar este modelo si únicamente recibiste alguna prestación por rendimientos de trabajo.

Esta es la información que debes completar con respecto a los datos del empleado:

  • Datos personales: nombre, apellidos, NIF y fecha de nacimiento.
  • Situación familiar: soltero, casado, con hijos o sin hijos, viudo...
  • Hijos o descendientes: si los hijos o descendientes son menores de 25 años o mayores discapacitados que convivan con él y no perciban rentas superiores a 8000 euros anuales.
  • Ascendientes: si el trabajador tiene descendientes a su cargo mayores de 65 años o menores de esa edad con discapacidad, siempre que no perciban rentas que superen los 8000 euros al año.
  • Discapacidad: aquí deberás indicar si la discapacidad del trabajador es a partir del 33%, si tiene movilidad reducida o si necesita ayuda de terceras personas.
  • Movilidad geográfica: en caso de que el trabajador ha cambiado de residencia habitual al aceptar el nuevo trabajo.
  • Rendimientos del trabajo: si es autónomo y ha obtenido en los últimos cinco años prestaciones como el desempleo durante al menos dos años, siempre que no se haya llevado a cabo una reducción en la renta.
  • Pensiones: si el trabajador paga una pensión alimenticia a sus hijos o una pensión compensatoria a su cónyuge por decisión judicial.
  • Adquisición de vivienda habitual con financiación ajena: si el perceptor de la renta adquirió su vivienda habitual a través de un préstamo hipotecario antes del 1 de enero de 2013 y no gana más de 33.007,20 euros al año, debe rellenar este apartado.
  • Fecha y firma: donde se indicará la fecha de la comunicación y quedará firmada la información, donde el firmante indique que está de acuerdo con todos los datos que aparecen en este documento.
  • Acuse de recibo: si tienes trabajadores a tu cargo, debes añadir un acuse de recibo con los datos facilitados por el trabajador. En el caso de ser trabajador autónomo, si se rellena el modelo 145 por cese de actividad, el acuse de recibo será firmado por la mutua.

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