Sociedad limitada unipersonal: la más usada para constituir pymes


Ante los inconvenientes que supone para muchos emprendedores registrarse como autónomos, cada vez se están constituyendo más sociedades limitadas unipersonales. En este post te contamos todo lo que debes saber sobre la forma jurídica más usada para constituir una pyme.

Hay muchas formas jurídicas que puedes elegir para crear tu propia empresa, pero dependiendo de tus circunstancias habrá una que sea la indicada. Para saber cuál, primero debes conocerlas, y hoy exploramos una opción muy interesante para pymes.

La sociedad limitada unipersonal, la más usada para constituir una pyme

Como seguramente ya sepas, las empresas tienen una forma jurídica concreta, con características que las diferencian. Esto es importante para toda empresa, estas características son factores clave.

Vamos a explicarte en detalle todas estas características, además de lo que necesitas saber para elegir el mejor tipo de sociedad para tu empresa. Si estás planeando constituir una empresa pequeña o mediana, necesitas saber todo esto.

¿Qué tipo de sociedad elegir para constituir una empresa?

Cuando te decides a dar el paso de emprender, desde el punto de vista burocrático pueden surgirte muchas dudas. Lo primero que debes decidir es qué forma jurídica es la más adecuada para tu negocio.

Hay diferentes opciones a la hora de decidir. Diferenciando entre las empresas con responsabilidad limitada e ilimitada. ¿Qué variantes principales hay?

  • Sociedades de responsabilidad limitada.
  • Sociedades anónimas.
  • Cooperativas.
  • Sociedades laborales.
  • Sociedades colectivas.
  • Sociedades comanditarias.

¿Qué es la responsabilidad social limitada?

La responsabilidad social limitada es aquélla que, en una sociedad mercantil con diferentes socios, está delimitada por el capital social que éstos aportan. En este tipo de sociedades, el capital social se divide en participaciones, no en acciones.

Esto quiere decir que las participaciones son personales y no títulos de valor con los que se pueda comercializar. Las aportaciones de los socios en las sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.) o sociedades limitadas (S.L.) son iguales, indivisibles y acumulables.

Lo normal es que los socios no participen en la dirección de la empresa salvo que así se establezca en los estatutos. Esto implica una separación entre la propiedad de la compañía y el control de la misma. De esto último se encargan los administradores encargados de esta tarea.

¿Qué características tiene una sociedad limitada en España?

  • Debe estar constituida por un mínimo de un socio. No hay límite máximo.
  • Para su constitución se requiere de un capital mínimo de 3.000 euros y un máximo de 300.000 euros.
  • El capital inicial deberá ser suscrito íntegramente y desembolsado en el momento de la constitución en el Registro Mercantil.
  • La inscripción en el Registro Mercantil es obligatoria.
  • En este tipo de sociedades, los socios no responden personalmente de las deudas, puesto que la responsabilidad se limita al capital aportado.
  • Las cuentas anuales deben aprobarse en la junta general de socios.
  • La distribución del dividendo se realiza en proporción a la participación de cada socio.

La sociedad limitada unipersonal

Como vemos, una sociedad limitada ha de tener como mínimo un socio para poder constituirse. Eso quiere decir que, efectivamente, es posible que una única persona cree una sociedad limitada. A esa empresa se le denomina sociedad limitada unipersonal (SLU).

Esto se traduce, en que el 100% de las participaciones sociales son de una única persona, que puede ser tanto física como jurídica.

No es habitual ver este tipo de sociedad en nuestro país, aunque es totalmente legal. Lo más normal es que un emprendedor, cuando tiene que decidir entre ser una sociedad limitada o autónomo, elija lo segundo.

Características de la SLU

Este tipo de sociedad puede ser interesante cuando no quieres asociarte con otras personas o cuando, tras crear una SL, el resto de socios se echan atrás y tú quieres seguir adelante con el proyecto.

La principal diferencia entre una SL y una SLU -además de la cantidad de socios- es que en el segundo caso el socio puede ser una persona física o una persona jurídica.

Como ocurre en las sociedades limitadas, el socio no tiene por qué ser la misma persona que el administrador de la empresa. Y, por supuesto, sólo responderá de las deudas de la empresa con el capital aportado en su constitución, no con su capital personal.

Ventajas de la SLU

Cuando tenemos que elegir entre tipos de sociedades, tenemos que tener en cuenta qué caracteriza a estos modelos de empresa para saber qué se ajusta mejor a nuestros intereses.

La gran ventaja de una SLU, como ya hemos visto, es que sólo se responde de las deudas y obligaciones con el capital aportado, como el resto de sociedades mercantiles, una ventaja frente a ser autónomo, pues tendrías que responder con todo tu patrimonio.

Desventajas de la SLU

Hay dos grandes inconvenientes de crear una sociedad limitada unipersonal: En todos los casos, autónomos o sociedades mercantiles, deben darse de alta en el Régimen de Autónomos.

Pero, los autónomos pueden acceder a la tarifa plana y a las bonificaciones de la comunidad autónoma correspondiente. En la SLU se debe llevar una contabilidad completa de sociedades y cumplir en el Registro Mercantil con el resto de obligaciones de las sociedades de capital.

Esto incluye llevar el libro oficial, presentar las cuentas anuales, etc... Y eso es más caro porque necesitarás que lo haga alguien especializado. Mientras que el proceso para los autónomos es algo más sencillo.

¿Cómo crear una sociedad limitada unipersonal?

Para constituir una sociedad limitada unipersonal hay que cumplir con una serie de trámites obligatorios:

  1. Solicitar un Certificado de Denominación Social en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente porque no puedes usar un nombre ya registrado.
  2. Redactar los estatutos de la sociedad y abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa.
  3. Depositar un capital social mínimo de 3.000 euros.
  4. Obtener a través de la Agencia Tributaria un número de identificación fiscal (NIF).
  5. Inscripción en el Registro Mercantil.

Esperamos haberte resuelto todas las dudas. Si quieres saber más, visita nuestra web de Yoigo Negocios o llámanos al 900 622 700 y estaremos encantados de ayudarte en todo lo que necesites.