Paga extra: qué es en la nómina laboral y cómo se calcula


Saber cómo calcular la paga extra es una de las prioridades de muchos españoles. Sí, a pesar de que es un método de retribución cada vez menos frecuente en empresas, puesto que impera con más asiduidad la práctica del prorrateo del sueldo. Con todo, el cálculo de la paga extraordinaria sigue importante a un volumen importante de ciudadanos.

Encontrar una calculadora de la paga extra y saber todos los términos que envuelven a este concepto es algo que ha ido cobrando mayores búsquedas en los últimos tiempos. A continuación, puedes descubrir todo lo que necesitas saber al respecto.

¿Qué es la paga extraordinaria?

El Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015 de 23 de octubre) regula las gratificaciones extraordinarias en su artículo 31. En él se establece como derecho del trabajador recibir dos gratificaciones extraordinarias al año en un acuerdo bilateral entre empresario y los representantes de los trabajadores.

La paga extra de Navidad tiene una buena historia a sus espaldas desde que aterrizara en el BOE del 24 de diciembre de 1944, cuando se estableció que el trabajador recibiría en estas fiestas un extra equivalente a una semana de salario.

De igual modo, se remite al convenio colectivo para fijar la cantidad que se cobra en estas pagas extra. En este sentido, dicho artículo refleja que el convenio colectivo debe establecer el prorrateo de las pagas extra en doce mensualidades.

Eso sí, la ley solo delimita los mínimos derechos del trabajador porque son los convenios colectivos los que regulan cómo funcionan las pagas extra. Por ello, para saber cómo se van a estimar debemos acudir al convenio colectivo que nos es aplicable.

Lo importante que debes conocer antes de calcular la paga extra

Antes de saber cuándo se cobran las pagas extra y ver su cálculo, es interesante revisar algunas ideas básicas que también hacen referencia al apartado anterior.

Las pagas extraordinarias se establecen como un derecho de los trabajadores en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, fijándose dos gratificaciones extraordinarias al año. Pese a ello, por convenio colectivo se puede establecer un número superior, pudiendo crear la denominada paga de beneficios.

El Estatuto establece que el abono de una las pagas extraordinarias debe realizarse obligatoriamente durante el periodo navideño; la otra queda libre para ser marcada por el convenio colectivo o por el acuerdo al que pueda llegar el empresario con sus trabajadores (normalmente se abona en verano).

No obstante, siempre y cuando haya acuerdo entre empresario y trabajador, y así lo prevea expresamente el convenio colectivo que sea de aplicación, puede pactarse el prorrateo de la paga extra.

Dicho de otro modo, el empresario puede ir pagando mes a mes la parte correspondiente al total de las pagas extraordinarias fijadas siempre y cuando lo permita el convenio aplicable y exista un acuerdo de por medio.

Otro aspecto importante a tener en cuenta es la regla de devengo a aplicar. Por regla general, las pagas extra se devengan en función al tiempo trabajado durante el año anterior a su fecha de cobro (devengo anual).

Así, si se produjo el abono el 30 de junio, debemos entender que empieza a devengarse el 1 de julio del ejercicio precedente. Del mismo modo, hay un convenio que establece el devengo de forma semestral.

Por tanto:

  • Paga de verano: se devengaría desde el 1 de enero hasta el 30 de junio
  • Paga de Navidad: a partir del 1 de julio hasta el 31 de diciembre.

¿Cuándo se cobra la paga extra de Navidad?

¿Y cuándo se cobra este importe? No hay que complicarse por que lo dice la propia ley. La fecha en la que se cobra la paga extra de Navidad dependerá de cada empresa y convenio.

La primera suele percibirse entre el 20 y el 25 de diciembre, mientras que la de verano se ingresa en la segunda quincena de junio o, excepcionalmente, en la segunda quincena de julio.

Como queda reflejado en el artículo del Estatuto de los Trabajadores, la cuantía de la paga extra viene establecida en el convenio, aunque nunca deberá ser inferior a 30 días de salario base o el salario mínimo interprofesional.

Generalmente, la paga extra que recibe el trabajador equivale al salario base recogido en sus nóminas, al que puede añadirse algún plus.

Cómo calcular la paga extra

Llegados a este punto, es fundamental conocer la fórmula para calcular la paga extra. Para ello, antes se necesita conocer cuál es el devengo, el punto inicial a partir del que tienes derecho a cobrar, en el que operas, que puede ser anual o semestral.

En el caso del devengo anual, el derecho se genera a partir del cobro de una de las dos pagas extra del año. Esto es que, únicamente en el caso de que un empleado haya trabajado en la empresa durante dos pagas extraordinarias, tendrá derecho a cobrar la siguiente extra de forma completa.

La fórmula es:

Paga extra completa / 365 días * días trabajados en la empresa = paga extra de Navidad

En el supuesto del devengo semestral, el derecho se genera a partir del cobro de la última paga extra, sea esta la que sea. Por tanto, si estás trabajando en una empresa desde la anterior extraordinaria, ya tienes derecho a cobrar la siguiente de forma completa.

La fórmula es parecida:

Paga extra completa / 181 días * días trabajados en la empresa = paga extra de Navidad.

El importe de la paga extra

Habitualmente, la otra paga extra se recibe en verano y en las vacaciones de Navidad, aunque por el convenio colectivo se puede determinar un número superior de pagas. Asimismo, "si el convenio lo refleja y existe un acuerdo entre trabajador y empresario, esta gratificación puede ser prorrateada".

Respecto a su cuantía, será fijada también por convenio colectivo, aunque nunca podrá ser inferior a 30 días del salario base o del salario mínimo interprofesional. El derecho a las pagas extra se genera por cada día que se trabaja y el devengo suele ser anual o semestral.

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