Sociedad Limitada Laboral: definición, ventajas e inconvenientes


Desde el momento en que tienes un negocio, necesitas crear una sociedad mercantil para poder realizar tus actividades comerciales. De hecho, ya te hemos hablado de las diferentes formas jurídicas que puede adoptar tu empresa. Las más habituales son la Sociedad Limitada y la Sociedad Anónima.

No obstante, es normal que haya dudas sobre cuál es la más adecuada para un negocio en concreto. A continuación, te explicamos en detalle cuáles son las ventajas e inconvenientes de crear una Sociedad Limitada Laboral.

Sociedad Limitada Laboral: qué es y características

La Sociedad Limitada Laboral, actualizada por la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, fue aprobada con la Ley de Sociedades Laborales de 1997.

Por lo tanto, a ellas se aplican las normas y los requisitos relativos a las sociedades anónimas y limitadas. Sus características son las siguientes:

Denominación

Toda sociedad, ya sea limitada o anónima, debe aparecer en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente. Puede indicarse que es una "Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral" o "Sociedad Limitada Laboral", junto a la abreviatura "SRLL" o "SLL".

Para realizar este trámite, los socios deben contar con la documentación y las facturas que sean necesarias. Además, tienen que presentar un libro de inventarios y cuentas anuales, donde queden registrados los socios y las actividades realizadas.

Capital

El capital social mínimo para crear una Sociedad Limitada Laboral tiene que ser de 3000 euros. A su vez, esta cantidad debe ser propiedad de los trabajadores que presten servicios en la Sociedad Limitada Laboral. Además, esta retribución recae sobre ellos de forma personal, directa y por tiempo indefinido.

Titularidad

Otra de las condiciones es que ningún socio puede ser titular de acciones ni de participaciones sociales que representen más de un tercio del capital social. Eso sí, existen algunas excepciones que te explicaremos en el siguiente apartado.

Participaciones sociales

Como te decíamos, el capital social se divide en dos tipos de participaciones: de clase laboral y de clase general. Mientras que la primera es propiedad de los trabajadores con un contrato laboral indefinido, la segunda está formada por el resto de participaciones.

Aunque un tercio de las participaciones sociales pertenecen a los trabajadores, existen una serie de casos excepcionales en los que se puede tener más de un tercio de la participación:

  • La sociedad laboral ha sido creada por dos socios y cada uno de ellos es dueño de la mitad del capital social. En este caso, ambos tendrán un plazo máximo de tres años para constituir la Sociedad Limitada Laboral, conforme al marco legal. Este requisito también aplica si la entidad ha sido formada por tres socios.
  • Los socios son entidades públicas o de participación en su mayoría pública, así como empresas sin ánimo de lucro.

Responsabilidad

Los socios no responderán con sus bienes personales frente a las deudas. Esto es una gran ventaja, pues quienes formen parte de esta sociedad no correrán el riesgo de perder su patrimonio personal.

Horas al año

Los trabajadores con contrato indefinido, que no sean socios de la empresa, no podrán dedicar más del 49% del total de horas trabajadas en un año en la sociedad. Este requisito no aplica a los trabajadores con discapacidad igual o superior al 33%.

Asimismo, serán las Comunidades Autónomas o el Ministerio de Trabajo quienes den a una empresa o negocio la categoría de Sociedad Limitada Laboral. Por si te ayuda, te recordamos cuáles son las características de las sociedades limitadas:

Sociedad Limitada Laboral: ventajas e inconvenientes

Antes de crear una Sociedad Limitada Laboral, debes conocer todas sus ventajas y desventajas. Esto te permitirá evaluar previamente si los pros y contras te compensarán a largo plazo.

Ventajas

Estos son los principales beneficios de crear una SLL:

  • Ventajas fiscales. Al ser una entidad de carácter social y pertenecer a sus socios trabajadores, no hay que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.

El único requisito para acceder a este beneficio fiscal es conceder el 25% de los beneficios líquidos al Fondo Especial de Reserva de la propia empresa.

  • Ayudas y subvenciones. Otra ventaja es que la Sociedad Limitada Laboral puede solicitar una serie de ayudas económicas. Esto es muy importante, ya que ayuda a la hora de crear una entidad de este tipo. De hecho, como desempleado puedes acceder a esta ayuda, darte de alta como autónomo y crear la SLL.

A su vez, si has cotizado en el Régimen General de la Seguridad Social, tendrás derecho a cobrar el paro por cese de actividad.

  • Autofinanciación. También tienes la posibilidad de autofinanciar tu negocio, a través de préstamos o participaciones sociales a los trabajadores no socios de la empresa, siempre que tengan un contrato indefinido.
  • Bonificaciones. Por crear una Sociedad Limitada Laboral, también podrás beneficiarte de una bonificación del 95% en el Impuesto de Actividades Económicas.

Inconvenientes

Estas son las principales desventajas de crear una SLL:

  • Capital mínimo. Como te decíamos antes, necesitas un capital inicial de al menos 3000 euros para constituir una Sociedad Limitada Laboral. Además, tienes que contar con un mínimo de tres socios.

En caso de ser dos socios, el único requisito es incorporar a un tercer socio al cabo de tres años —o lo que es lo mismo, 36 meses— e inscribir tu empresa en el Registro Mercantil.

  • Acuerdos empresariales. Aunque la empresa pertenezca a los socios trabajadores, sí es necesario llegar a acuerdos con los socios capitalistas para transferir sus participaciones. Esto puede llegar a ser complejo, por lo que te aconsejamos informarte muy bien al respecto.
  • IRPF variable. Al tributar a través del Impuesto de Sociedades, el gravamen es fijo aunque no generes un gran beneficio. Esto es un inconveniente frente al tipo variable en IRPF, con una evidente pérdida económica.

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