Cambios en el IVA del comercio electrónico


Cada vez que se anuncia un cambio importante en la legislación económica europea nos echamos a temblar. Que si van a quitarnos dinero, que si vamos a vender menos… Por eso, cuando escuchamos que habría alteraciones en el sistema del IVA en el comercio electrónico creíamos que se nos venía el mundo encima. Qué casualidad, justo unos meses después de una pandemia de coronavirus que puso al e-commerce por las nubes, ¡qué oportunos!

Sin embargo, lo cierto es que parece que dichos cambios no serán para mal (¡noticia!), sino que podrían ayudarnos tanto a ser más competentes como pelear mejor con una competencia que en ocasiones no es todo lo limpia que debiera. Os contamos las principales novedades con el IVA de exportaciones e importaciones, ¡a ver qué os parecen!

El IVA para los negocios de comercio electrónico

Para los autónomos, hablar de IVA resulta algo de lo más cotidiano. No tanto para el consumidor, que además de saber que lo está pagando, no suele estar muy al loro de cuánto, o por qué esa cantidad. De ahí que nos veamos en la obligación de explicar cómo ha sido hasta ahora el IVA para los e-commerce. ¿Y por qué hasta ahora? Pues porque a partir del 1 de julio de 2021 la cosa cambia, así que primero veremos cómo ha estado la facturación en el comercio electrónico durante los últimos años para después contar dónde se situarán los umbrales de la venta a distancia con la nueva legislación europea, ¿os parece?

Hasta ahora, y hasta el citado 1 de julio, las empresas que tenían que aplicar IVA en comercio electrónico lo hacían con bastante permisividad por parte de las autoridades. Por norma general, el comercio electrónico en Europa se regía por unos principios bastante sencillos.

  • Los e-commerce, sin importar los tipos de comercio electrónico que desarrollasen, tributaban en función del IVA vigente en sus estados
  • Eso hasta alcanzar un tope, claro, porque en caso de alcanzar cierta cantidad, debían darse de alta en el sistema de cada país y empezar a aplicar las normas fiscales vigentes allí.
  • ¿Y en el caso de vender fuera de la UE? En este caso, los productos estaban exentos de IVA.

¿Y qué pasa con el IVA de las importaciones en España? Cuando el producto no alcanza los 22 euros suele estar exento de impuesto sobre el valor añadido. El problema de esto llega con ciertos comerciantes que intentan falsear sus costes para conseguir así abaratar sus precios. Ese es el problema por el que muchos de nuestros productos terminan quedándose en la aduana.

Cambios en la legislación europea para los ecommerce

Tal y como ya hemos mencionado, a partir del 1 de julio el panorama cambia por completo. Cambia la legislación y lo hace a nivel europeo e instaurando una ventanilla única digital, de la que os hablaremos en el próximo apartado de este mismo texto. Se acabó eso de que cada estado tenga sus propias normas. A partir de ahora todo e-commerce que quiera operar en nuestra zona deberá aplicar la misma normativa, ¡o no habrá negocio que valga! ¿Y eso qué significa? Pues que las condiciones se endurecen, pero que lo hacen para todos por igual.

  • A partir de ahora habrá un mismo límite para todos

Ya no vale eso de tributar por el IVA de nuestra zona hasta los límites que imponga cada país de la Unión Europea. A partir del 1 de julio de 2021 habrá un límite de 10.000 euros al año en operación con países miembros de la CEE. O sea, que una vez alcanzado dicho umbral el comerciante deberá comenzar a gravar sus precios con el IVA del país al que se está exportando sus productos.

  • Se acabó la exención del IVA en las importaciones

Los comercios que se aprovechaban de que los productos relativamente baratos no estuviesen gravados con IVA se les ha terminado el chollo. Desde el 1 de julio de 2021 todo lo que venga de fuera con la intención de atravesar nuestras frontera tendrá que pagar impuestos, ¡es la única forma de poner en valor lo que se fabrica dentro de nuestras fronteras!

  • Los marketplaces tendrán que ponerse las pilas

Además, a partir de esa misma fecha los impuestos de los marketplaces serán equiparados a los de cualquier otro vendedor a efectos de IVA. Esto hará que la competencia sea más real entre unos y otros, ¡o al menos así nos lo han vendido!

¿Cómo presentar el IVA si tengo un ecommerce?

Unas líneas más arriba os hablábamos de la ventanilla única digital y ahora entenderéis el porqué. Si todos los europeos vamos a acatar las mismas normas a la hora de aplicar el IVA en nuestros e-commerce, lo normal es que rindamos cuentas a un mismo organismo, ¿verdad? Pues esta es otra de las novedades más importantes de esta reforma fiscal a nivel continental. A partir del momento en el que entre en vigor, todo propietario de un e-commerce tendrá que tributar a través de una página web en la que todo el proceso se realizará de forma electrónica.

Hasta donde sabemos, será el propio sistema europeo el que luego distribuya dicha riqueza a los países a los que les corresponda. ¿Y sabéis qué? Que nos parece genial, ¡todo lo que sea automatizar procesos y nos descargue de trabajo es realmente fenomenal.

Esta forma de actuar hará que no tengamos que preocuparnos de tener que estar lidiando con las administraciones de los distintos países en los que operemos. Lo tendremos todo a tan solo un par de clics y preparado para que efectuemos el pago y nos olvidemos hasta la próxima. Como veis, aunque el tema de que tocasen el IVA en el comercio electrónico podía parecer un engorro al principio, en realidad será de gran ayuda para los propietarios de un e-commerce. Al menos, para aquellos que quieran funcionar de forma legal, que en teoría cada día son más.

Ahora que ya sabéis cómo tributar en el futuro tan solo tenéis que leer este otro post en el que os contábamos cómo montar una tienda online para expandir vuestra empresa y empezar a vender a discreción. Cuantos más clientes, más trabajo, y cuanto más trabajo… ¡más dinerito!