¿Pensión o jubilación? ¿Son lo mismo? Es normal que muchos trabajadores se hagan la misma pregunta, ya que en ocasiones utilizamos ambos términos como si fueran sinónimos. Sin embargo, sí que cabe diferenciar uno y otro.
A continuación veremos la definición de cada uno, los requisitos para cobrar la pensión y la jubilación y, por último, te aclararemos cuáles son sus principales diferencias y cómo te puede afectar cada una.
Cuando decimos que alguien está jubilado y que alguien es pensionista no estamos hablando exactamente de lo mismo. La jubilación es el derecho del trabajador a dejar de trabajar cuando ha finalizado su edad legal para formar parte del mercado laboral y tras haber cotizado un número mínimo de años.
Ahora bien, dentro de la jubilación debemos distinguir varios tipos (dependiendo de la edad, el tiempo mínimo de cotización y otros requisitos) que te explicaremos a continuación:
La edad de jubilación ha ido aumentando en los últimos años debido a la reforma de las pensiones en 2013, tal como recoge el BOE en la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.
Esto se traduce en que para acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años de edad, a partir de 2024 es necesario haber cotizado al menos durante 38 años. En caso de que tengas menos años, la edad de jubilación se retrasa hasta los 66 años y medio.
A partir de 2027, la edad de jubilación ordinaria será de 67 años para aquellas personas que hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses, y de 65 años en caso de contar con periodo de cotización de 38 años y 6 meses o más.
No obstante, el tiempo mínimo de cotización es de 15 años para poder cobrar la pensión, de los cuales al menos 2 años deben estar dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitar la jubilación. Además, en este caso, los trabajadores solo tendrán derecho a un 50% de su base reguladora.
Estos son los requisitos que debes cumplir para poder jubilarte de forma ordinaria:
En este grupo se incluyen aquellos trabajadores con la condición de mutualista, o bien de forma voluntaria o involuntaria (forzosa), por incapacidad, aplicación de coeficientes reductores de la edad (mineros, bomberos o trabajadores del mar, entre otros) o por razón de la actividad desempeñada (artistas y toreros).
Asimismo, no debes confundir la jubilación anticipada con la prejubilación. Mientras que la jubilación anticipada suele ser voluntaria, la prejubilación suele darse de manera forzosa o involuntaria.
Tras cumplir los 60 años de edad, los trabajadores pueden iniciar su jubilación parcial. Como su propia palabra indica, esta consiste en un contrato de trabajo a tiempo parcial, que puede estar vinculada (o no) a un contrato de relevo o temporal de un segundo trabajador.
Este tipo de jubilación también se conoce como jubilación activa, ya que el trabajador se jubila pero solamente de forma parcial, reduciendo su jornada completa a jornada parcial tras un acuerdo con su empresa. No obstante, este podrá empezar a cobrar a la vez una parte de su jubilación.
Esperamos que te haya quedado claro en qué consiste la jubilación, ya que ahora vamos a profundizar en la pensión y explicarte en qué se diferencian. En pocas palabras, la pensión se refiere únicamente a la recepción de una ayuda, nada que ver con la edad del trabajador.
Concretamente, la pensión se define como una cantidad de dinero periódica, temporal o vitalicia que la Seguridad Social paga por razón de jubilación, incapacidad, viudedad u orfandad. Por tanto, la pensión no solamente aplica a jubilados, también a un personas en situación de vulnerabilidad.
Como veíamos antes, el pago de este tipo de jubilación le corresponde a la Seguridad Social y hay que cumplir con una serie de requisitos relacionados con la edad y el tiempo mínimo de cotización para que su solicitud pueda ser aprobada.
La incapacidad del trabajador puede ser de cuatro tipos: permanente parcial para la profesión habitual, permanente total también para la profesión habitual, permanente absoluta para todo tipo de trabajo y gran invalidez.
Con carácter general, en España se fijó en 7250,60 euros para 2024, tanto para las pensiones de jubilación como las de invalidez. Además, el solicitante deberá cumplir alguno de los siguientes requisitos:
La pensión contributiva media de viudedad en el Régimen General sube de 909,55 a 944,11 euros mensuales en 2024. En cambio, para los autónomos que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se incrementa de 616,37 a 639,79 euros mensuales.
Aquí es importante también distinguir las pensiones contributivas de las no contributivas. Las primeras deben acreditar un periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social y las segundas aplican a aquellos ciudadanos que nunca han cotizado o cuyo tiempo de cotización es insuficiente.
En definitiva, la pensión y la jubilación se complementan pero no son lo mismo. Un jubilado puede percibir una pensión o cuantía económica por su jubilación, pero la pensión es mucho más amplia y abarca otras situaciones, como la incapacidad, la viudedad y la orfandad.
Aquí tienes un resumen con las principales diferencias entre pensión y jubilación para que nunca más vayas a confundirlas:
PENSIÓN |
JUBILACIÓN |
---|---|
Ayuda económica por jubilación, incapacidad, viudedad u orfandad |
Edad mínima legal para abandonar el mercado laboral |
No influye la edad del trabajador |
Tiempo mínimo de cotización |
Requisitos según ingresos mínimos y suma de rentas en la unidad familiar |
Tipos de jubilación: ordinaria, anticipada o parcial |
Pensión contributiva y no contributiva |
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