Cuánto puede cobrar un autónomo por el nuevo cese de actividad


En España hay más de 3 millones de autónomos. Según los últimos datos de ATA, en 2022 creció el cese de actividad hasta los más de 3,3 millones. Si tú también trabajas por cuenta propia, te contamos cuánto puedes cobrar con las nuevas prestaciones este 2023.

Una de las preguntas que más puedes hacerte es cuánto dinero te correspondería en caso de desempleo. A diferencia de cualquier asalariado, por ser autónomo puedes recibir una serie de ayudas. ¿Qué requisitos debes cumplir? ¿Por cuánto tiempo te pagarán?

Nos metemos en el mundo de las prestaciones para explicarte lo más importante del nuevo cese de actividad.

Nuevo cese de actividad para autónomos en 2023

A partir de este 2023, los autónomos contarán con dos nuevos impuestos. Estos garantizarán el cese de actividad —ya sea por pérdidas continuadas, concurso de acreedores o ejecución judicial y administrativa—, así como tener derecho a paro. Entonces ¿cuánto cobrarán?

Los trabajadores por cuenta propia cobrarán un 50% de su base de cotización. Esto quiere decir que la cantidad mínima que podría percibir es de 430 euros al mes (base mínima de 960’6) y como máximo 2069’5 euros mensuales.

En qué consiste el nuevo Mecanismo RED

Según el SEPE, el Mecanismo RED “constituye una medida de flexibilización y estabilización del empleo y se activa por el Consejo de ministros para un sector de la economía o por un ciclo temporal determinado”.

Esto se traduce en que “las medidas que se pueden autorizar a la empresa son la suspensión temporal del contrato de trabajo o la reducción de la jornada de las personas trabajadoras”.

Causas por cese de actividad

Entre los motivos legales que se contemplan para que el autónomo pueda cesar su actividad, se encuentran:

  • Causas económicas: pérdidas que superen el 10% de los ingresos a lo largo de un año, a excepción del primer año de actividad; o que las deudas con la administración supongan el 30% de ingresos totales.
  • Causas de fuerza mayor: quedan excluidos tanto los problemas de salud como económicos. Por ejemplo, una situación de violencia de género, de divorcio o separación —que afecte al negocio— o pérdida de licencia administrativa por delitos cometidos por el autónomo.

Sin embargo, si se trata de una separación matrimonial, el cese tendría que producirse como máximo en los próximos 6 meses tras el acuerdo de divorcio.

En caso de tratarse de socios de sociedades de capital afiliados al RETA, podrán cesar su actividad si de forma involuntaria abandonan su cargo como administradores o consejeros y con pérdidas del 10% en un año, así como la reducción del patrimonio neto inferior a 2/3 del capital social invertido.

Cómo beneficiarte del paro si eres autónomo

Lo primero es saber si puedes beneficiarte del paro siendo autónomo, ya que cotizar por cuenta propia no es lo mismo que hacerlo por cuenta ajena.

Según recoge el Decreto ley 28/2018, del 28 de diciembre: “Desde el 1 de enero de 2019, la cotización por cese de actividad es obligatoria”. Anteriormente, el autónomo podía elegir si cotizaba o no por ella.

A través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), se intensifica la protección a los autónomos en desempleo. Aquí están incluidos todos los autónomos que cumplen con los siguientes requisitos:

  • Autónomos dados de alta en el RETA
  • Autónomos agrarios que opten por este régimen
  • Autónomos que trabajen en el mar (RETM)

Excepciones si eres autónomo dependiente

En este caso, sí podrías recibir la prestación; aunque en la práctica no es tan sencilla como parece. Aquí el cese de actividad proporciona al autónomo una ayuda económica, lo que se conoce como mutualidad propia. Sin embargo, se excluye a los siguientes:

  • Agrarios del RETA por cuenta propia
  • Trabajadores de cooperativas incluidos en RETA, aunque con la autorización de un sistema complementario a la Seguridad Social
  • Una vez que tengas claro si puedes beneficiarte del paro como autónomo y de qué manera puedes hacerlo, te explicamos qué ocurre tras el cese de actividad por cuenta propia. ¿Qué requisitos debes cumplir para cobrar el paro? ¿Qué causas sí están contempladas? ¿Cuánto puede cobrar un autónomo con las nuevas prestaciones en 2023?

Requisitos para acceder al paro

Según recoge el BOE, en la Ley 32/2010, del 5 de agosto que “establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos”, hay una serie de condiciones:

  • Estar dentro de la legalidad del cese de actividad. También estar en condición activa de realizar actividades formativas relacionadas con el mercado laboral.
  • Estar dado de alta en el RETA o el RETM.
  • Haber cotizado en los 48 meses anteriores al cese, así como haber cotizado de forma ininterrumpida durante los 12 meses anteriores al mismo.
  • Haber contribuido al pago de cuotas a la Seguridad Social.
  • No estar en edad de jubilación contributiva, es decir, tener 65 años y haber cotizado al menos 37 años y 6 meses.

Excepción para cobrar el paro

En caso de haber perdido la licencia para desarrollar tu actividad económica por un delito penal, quedarás exento de dicha ayuda.

En Yoigo Negocios apoyamos a los autónomos y a todos los emprendedores para que tengan éxito en su negocio. Si tú también trabajas por cuenta propia, no dudes en consultar nuestra web o llama al 900 622 500 y te resolveremos cualquier duda.