Cómo calcular todas las retenciones de IRPF de 2021


El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un impuesto que tienen que pagar todos los residentes en España que hayan obtenido ingresos a lo largo del año. Sin embargo, no todos tenemos que pagar lo mismo. Se trata de un impuesto progresivo, de manera que, a mayores ingresos, más gravamen.

Además, existe un tramo estatal y un tramo autonómico, de manera que el porcentaje que tendrás que pagar de tu renta dependerá también –aunque levemente– de la comunidad autónoma en la que residas y tengas tu residencia fiscal.

En casi todos los casos, sin embargo, es obligatorio hacer ciertos adelantos mensuales a Hacienda. Lo que conocemos como las retenciones de IRPF.

Así, en vez de pagar todo el impuesto de una vez, en la Declaración de la Renta, lo hacemos mensualmente a través de las retenciones del IRPF. Así, anualmente, en junio, la Declaración de la Renta sirve para ajustar cuentas con Hacienda: en función de si hemos pagado más o menos de lo que nos corresponde a lo largo del año, nos saldrá a pagar o a devolver.

Pero, ¿sabes cómo calcular las retenciones de IRPF de 2021? Conocer cuál es la retención de IPRF que nos corresponde es muy útil para aplicarlo a nuestra renta y a las facturas que enviamos a nuestros clientes, para saber si la renta de 2021 nos tocará a pagar o a devolver, así como para cumplir con la obligación de retener a aquellos trabajadores que tengamos en nómina.

Cómo calcular las retenciones de IRPF

En primer lugar: ¿Qué es la retención de IRPF? Como ya señalamos, es una cantidad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se adelanta a la Agencia Tributaria de manera mensual. Normalmente, si estás trabajando como asalariado, será la empresa la que se encargue de retenerte un porcentaje de tu sueldo en concepto de IRPF.

Si eres autónomo, sin embargo, lo más probable es que tengas que presentar la declaración trimestral del IRPF en la declaras ingresos y gastos, y a través de la que pagas anticipos del 20% de tu rendimiento, o menores. Al año siguiente, y con los cuatro modelos trimestrales presentados, se regulariza tu situación fiscal como contribuyente: te saldrá a pagar o a devolver en función de tu renta anual.

Las rentas sometidas a retención son, a gandes rasgos:

  • Los rendimientos del trabajo: en el caso de los asalariados
  • Las actividades profesionales y económicas: en el caso de los autónomos.

En ambos supuestos resulta útil saber calcular cuáles son las retenciones del IRPF que te corresponden, así como el tipo efectivo a pagar a lo largo del año, que será el que se aplique en la Declaración de la Renta.

Además, tendrás que tener en cuenta el resto de las rentas que generes y que puedan estar sometidas a retención: determinadas ganancias patrimoniales, rendimiento de capital mobiliario, rentas provenientes de propiedad industrial o intelectual, rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos, etc.

Ten en cuenta que cuanto más cercano sea el porcentaje que pagas en las retenciones del IRPF a lo largo del año al tipo efectivo aplicable a tu renta, menor será el desajuste que tengas a final de año con la Agencia Tributaria y, por lo tanto, menor la cantidad a pagar (o a devolver) al presentar la Declaración de la Renta.

Tramos de retención del IRPF

Para calcular la retención de IRPF de 2021 que te corresponde, será necesario conocer los tramos a nivel estatal y autonómico. Aquí dejamos un cuadro resumen aplicable a aquellas comunidades que no hayan modificado el IRPF aplicable y, por lo tanto, se mantenga como el estatal.

  • Hasta 12.450 euros al año, se aplica un tipo de retención del 19% (9,5% estatal y 9,5% autonómico).
  • De 12.450 euros a 20.200 euros, el tipo es del 24% (12% estatal y 12% autonómico).
  • De 20.200 euros a 35.200 euros, soporta un tipo del 30% (15% estatal y 15% autonómico).
  • De 35.200 euros a 60.000 euros, tiene un tipo del 37% (18,5% estatal y 18,5% autonómico).
  • De 60.000 euros a 300.000 euros, cuenta con un tipo del 45% (22,5% estatal y 22,5% autonómico).
  • A partir de 300.000 euros anuales, el tipo es del 47% (24,5% estatal y 22,5% autonómico).

El último tramo, fijado para rentas mayores a 300.000 euros anuales, es una modificación aprobada el año pasado. Para calcular el tipo de retención que te corresponde en 2021 tendrás que guiarte por ese cuadro resumen, pero ¡cuidado!, ese cuadro no implica que, si ganas, pongamos, 40.000 euros, tengas que pagar un 37% de tu renta.

El tipo efectivo que pagarías con una renta bruta anual de 40.000 euros sería bastante menor. En primer lugar, es importante saber que no se paga IRPF sobre el salario bruto o neto del trabajador, sino sobre la base imponible. Por lo tanto, el primer paso es calcular nuestra base imponible general.

Pasos para calcular el tipo de retención del IRPF 2021

En primer lugar, para calcular la base imponible general sobre la que debemos tributar, al salario bruto anual hay que restarle la totalidad de cuotas pagadas a la Seguridad Social y, a ello, restarle otros 2.000 euros, como otros gastos deducibles sin justificar aplicables a todo contribuyente.

Además, se podrían restar otra serie de deducciones en función de la situación familiar, las rentas del cónyuge y el número de hijos.

Si ponemos el ejemplo de un trabajador soltero y sin hijos, a su sueldo bruto anual solo habría que restarle las cotizaciones sociales que ha pagado a lo largo de todo el año y los 2.000 euros deducibles para todo el mundo. De ahí obtendríamos la base imponible general sobre la que aplicar los tramos de IRPF reflejados anteriormente en una tabla.

Hay que tener en cuenta que sobre la base imponible general se pueden aplicar ciertas bonificaciones o deducciones que permitirían minorar la cuantía por la que debemos tributar. Por ejemplo, deducciones por tributación conjunta, aportaciones a sistemas de previsión social y otros beneficios fiscales a considerar. Si los aplicamos obtenemos la Base Liquidable General.

Asimismo, habría que tener en cuanta la base imponible del ahorro y la base liquidable del ahorro fruto de los rendimientos del capital mobiliario y las ganancias patrimoniales, pero vamos a obviarlo para centrarnos en las retenciones del IRPF por rendimientos del trabajo y actividades profesionales y económicas.

Segundo paso

Aplicamos los tramos a la Base Liquidable General. Para ello, hay que tratarlos como cajones estancos en los que depositamos nuestra renta. Si nuestra base liquidable es igual o menor a 12.450 euros al año, depositaremos todo nuestro dinero en el primer cajón y, por lo tanto, pagaremos un 19% del total a Hacienda.

Sin embargo, si nuestra base imponible, o base liquidable general, es 40.000 euros, depositaremos nuestra renta en diferentes cajones. Por los primeros 12.450 euros pagaremos un 19%, desde nuestros 12.450 euros a los 20.200 euros (por esa cantidad, que serían 7.750 euros) pagaríamos un 24%.

Tercer cajón, desde nuestros 20.200 euros y hasta los 35.200 euros (es decir, por 15.000 euros) pagaremos un 30% y, por último, desde los 35.200 y hasta los 40.000 euros que es nuestra base imponible (es decir, por 4.800 euros) abonaremos un 37%.

Tercer paso

Una vez sumadas esas cantidades (10.501,5 euros), tendríamos la cuota a la que habría que restar, en tercer lugar, el mínimo personal y familiar: 5.550 euros con carácter general (sin hijos y sin ser mayor de 65 años).

A esa cantidad hay que aplicarle los mismos tramos del IRPF: por lo tanto, dado que 5.550 euros es menor a 12.450 euros, habría que pesar el 19% y tendríamos 1.054,50 euros.

Por lo tanto, hay que restarle a la primera cuota (10.501,5 euros) el mínimo personal y familiar aplicado, es decir, 1.054 euros. De ahí obtenemos las cuotas íntegras estatal y autonómica, a las que debemos aplicar las posibles deducciones estatales y/o autonómicas.

Cuarto paso

Tras todo ello llegamos finalmente a la cuota líquida, es decir, la cantidad que tienes que pagar por IRPF de manera anual.

En el caso de una persona con una base liquidable de 40.000 euros, como hemos puesto de ejemplo, y obviando deducciones y bonificaciones, lo que tendría que pagar (9.447,5 euros) sería el 23,6% de su renta. Es decir, que el tipo aplicable del IRPF sería de entre el 23% y el 24%.

De esta manera, si las retenciones que le ha efectuado Hacienda a lo largo del año son menores al 23,6% tendrá que pagar cuando haga la Declaración del IRPF y, en caso contrario, si las retenciones efectuadas han sido mayores, le saldrá a devolver y Hacienda le reingresará la parte que haya recibido por encima de ese porcentaje.

Pero, ¿cómo calcular las retenciones del IRPF de 2021 de manera más simple? Siempre puedes utilizar el simulador de IRPF de la Agencia Tributaria a través del que, rápidamente, puedes calcular ese porcentaje, o tipo de IRPF aplicable a tu renta del año 2021.

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