Los empresarios deben hacer frente a numerosos gastos, entre ellos alquileres y préstamos hipotecarios. Pero existen prácticas abusivas, y es el caso de la cláusula suelo para empresas. Si te has preguntado alguna vez cómo afecta a tu negocio, nosotros te lo explicamos.
Esta cláusula ha sido objeto de varias polémicas, sobre todo desde que organismos judiciales superiores se pronunciaron al respecto. Te vamos a explicar los cambios por los que ha pasado y las resoluciones que se han dado al respecto.
Es muy importante conocer tus derechos como consumidor y como empresario, para poder tomar las acciones legales pertinentes que te favorezcan a ti y a tu empresa. Por eso vamos a explicarte cómo funciona actualmente la reclamación de la cláusula suelo en empresas.
Muchas veces es más sencillo tener a un profesional encargándose de este tipo de situaciones y materias, pero no siempre es posible. Por ello queremos que tu seas capaz de hacerlo sin muchos dolores de cabeza, así que presta atención para que entiendas la cláusula suelo.
La cláusula de suelo es una cláusula contractual que se establece en contratos de préstamos hipotecarios. Ésta estable un límite mínimo de interés, (el cual se aplica, aunque el tipo de interés baje).
La cláusula determina el interés mínimo fijo que una entidad financiera aplicará en un préstamos de interés variable. Ésta se aplicará cuando el diferencial más el índice de referencia, que suele ser el Euribor en la mayoría de los casas, sea inferior al interés mínimo establecido.
Esto implicaba que el interés variable nunca será inferior al porcentaje que se establezca en la escritura del contrato de préstamo. Pero el Tribunal Supremo declaró nula esta cláusula en 2013, por considerarse abusiva.
Por ello, los consumidores que no fueron debidamente informados pudieran solicitar la devolución de las cláusulas. En 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que las entidades bancarias deberían devolver la totalidad de dichos conceptos.
La devolución se realizaría independientemente del grado de información y transparencia. Por eso mismo, el consumidor tiene el derecho de pedir la supresión de la cláusula de suelo del contrato hipotecario, junto a la devolución de las cantidades abonadas en exceso.
En 2017 entró en vigor el Real Decreto-ley 1/2017, del 20 de enero, con medidas urgentes de protección del consumidor en materia de cláusulas suelo. Este decreto se dio para remediar la problemática social de las ejecuciones hipotecarias y la vivienda.
También protegía a los consumidores, marcando un cauce que les facilitase llegar a un acuerdo con las entidades bancarias. Y desde entonces, existen dos procedimientos, judicial y extrajudicial.
Además, hay que hablar de la Sentencia del Tribunal Constitucional 156/2021, del 16 de septiembre de 2021, sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-Marea.
Esta sentencia solicita y dicta la nulidad de los preceptos legales que excluyen a las empresas del ámbito de aplicación de la norma, del régimen de imposición de costes cuando el consumidor no hubiese acudido al procedimiento extrajudicial de reclamación previa ante la entidad.
Esto implicó la nulidad del inciso en el que se incluía “persona física” del artículo 2 del Real Decreto-Ley 1/2017. También se anuló el apartado 4.2, aunque, como el Tribunal Constitucional no entendió que el apartado fuese inconstitucional, se siguen imponiendo costes al consumidor.
Esto puede pasar si el propio consumidor rechaza “el cálculo de la cantidad a devolver, o declinase, por cualquier motivo, la devolución del efectivo e interpusiera posteriormente demanda judicial en la que obtuviese una sentencia más favorable que la oferta recibida de dicha entidad."
Como ya hemos explicado, aunque exista la creencia generalizada de que solo las personas físicas puedan reclamar la nulidad de la cláusula en los contratos de préstamos, esto no es así. Tanto autónomos como empresas y pymes pueden hacerlo.
Esto es debido a que la cláusula suelo contraviene la buena fe contractual, contraviene la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación, produce un abuso de posición dominante, vulnera la normativa MiFID e implica un Vicio en el consentimiento.
Por esto debes saber que, como empresario, estás en todo tu derecho de reclamar la devolución de los cobrado de más por la aplicación de la cláusula suelo en tu contrato hipotecario o de alquiler.
La Sentencia del 11 de Marzo de 2020 dio por primera vez la razón a un profesional en la adquisición de una licencia de taxi. En esta Sentencia, se condena al banco a devolver lo cobrado de más al taxista, por aplicar una Cláusula Suelo del 6,5%.
También existe el caso de una zapatería que pidió un préstamo hipotecario para su local. El Tribunal Supremo inadmitió el recurso de casación del banco, obligándose a devolver a la zapatería las cantidades cobradas de más por aplicación de una Cláusula Suelo del 3,5%.
Frente a cláusulas y prácticas abusivas, lo que debes hacer siempre es informarte, de tus derechos y obligaciones como empresario.
Si necesitas ayuda con eso, en Yoigo Negocios estaremos encantados de ayudarte y asesorarte en todo lo que necesites. Visita nuestra web o llama al 900 822 500 para que te informemos.