¿Soy autónomo o freelance? Puede que alguna vez te hayas hecho esa pregunta. Autónomo y freelance son categorías que en muchas ocasiones se utilizan para designar una misma realidad laboral. Pero, ¿son exactamente lo mismo?
La realidad es que freelance es una palabra anglosajona no contemplada en la legislación laboral española, pero eso no significa que sea una traducción exacta y, de hecho, no lo es.
Tanto el trabajador autónomo como el freelance son trabajadores por cuenta propia, pueden trabajar con varias empresas o clientes y gestionan su propia cartera de proyectos y su tiempo de trabajo.
Pero, ¿qué diferencias hay entre un autónomo y un freelance? ¿Cuál de los dos es tu caso? ¿Cuál de las dos figuras tiene más ventajas? ¿Cuáles son las cuotas a pagar a la Seguridad Social en cada caso?
Aunque en muchas ocasiones se utilicen indistintamente, hay diferencias entre el autónomo y el freelance. El segundo se podría traducir, más que como trabajador autónomo, como colaborador, lo cuál lleva aparejadas algunas características concretas.
En teoría, el trabajador freelance o colaborador no tiene que estar necesariamente dado de alta en la Seguridad Social. Es decir, no es estrictamente obligatorio darte de alta como autónomo si eres freelance y tus ingresos mensuales no superan el salario mínimo.
De esta manera, te estás ahorrando la cuota mensual a la Seguridad Social. El autónomo, como ya sabrás, cotiza a a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y tiene que pagar mensualmente según su base de cotización.
Los autónomos y los freelance dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pueden optar en sus inicios –dada su menor holgura financiera– por cotizar por la base mínima que corresponda.
En 2022 este límite es de 960,60 euros al mes. Haciendo esto pueden pagar la cuota de autónomos mensual más baja, concretamente de 293,94 euros al mes este año.
Además, es importante que explores la posibilidad de acceder a la tarifa plana (con la que pagarías solo 60 euros durante los 12 primeros meses de actividad).
El autónomo es el que decide cuál es su base de cotización siempre dentro del intervalo de la base mínima, 960,6 euros mensuales, y la máxima, que es de 4.139,4 euros al mes.
Es sobre esta sobre la que se calcula la cuota de autónomos que se te cobrará mensualmente en concepto de contingencias comunes, contingencias profesionales, cese de actividad y formación profesional.
Por su parte, el freelance, al no estar contemplado en la legislación, no se verá obligado a pagar la cuota mensual por su condición de colaborador. No obstante, si vive al 100% de la actividad que desarrolla sí es obligatorio que esté dado de alta en el RETA.
Además, el freelance suele poder compaginar su trabajo como colaborador con un trabajo por cuenta ajena, por el que estará cotizando a la Seguridad Social en el Régimen General.
Sin embargo, existen muchos tipos de freelance. Por debes tener en cuenta que, si no es un trabajo eventual es imprescindible darse de alta como autónomo. Y, en cualquier caso, debes pagar los impuestos relativos al IVA y al IRPF.
Entre las ventajas del freelance está el ahorro de las cuotas de la Seguridad Social. En este 2022, ha entrado en vigor, como cada año, un aumento de la base de cotización (de 944,40 euros a 960,60 euros al mes).
Además, se han incrementado los tipos de cotización que tendrán que afrontar los autónomos, del 30,3% al 30,6% sobre la base. Así, en función de la base que elijas pagarás una menor o mayor cuantía mensual a la Seguridad Social.
Al mismo tiempo, el freelance que decide no darse de alta en el RETA paga cotización nula quedándose fuera de toda prestación social. Hablamos, claro, de los que realizan actividades esporádicas, no repetidas en el tiempo.
Un autónomo, por su parte, se dedica de forma plena a la actividad laboral que desempeña, por lo que, normalmente, no tiene otro trabajo con un contrato por cuenta ajena.
En su caso el trabajo es la fuente principal de ingresos, mientras que e el caso de un trabajador freelance, no. Por ello, el autónomo deberá estar debidamente dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Pero, ¿En qué casos sería aceptable considerarse freelance? Pues en aquellos casos en el que la actividad no tenga una periodicidad y las colaboraciones se realicen con diferentes clientes.
Ejemplos muy comunes son: traducción de textos, redacción y edición de artículos, servicios técnicos para páginas web, edición de vídeos, etc.
Como ves, lo que separa uno u otro concepto, autónomo y freelance, son pequeñas diferencias y en la mayoría de las ocasiones, es probable que ambas realidades coincidan en un mismo trabajador. Un freelance dado de alta en el RETA.
En cualquier caso, si tienes dudas y estás empezando, te recomendamos darte de alta como autónomo pues es la figura en España y seguramente tengas la oportunidad de acceder a las condiciones de la tarifa plana, que son muy ventajosas.
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