¿Tu pyme no recicla?: cuidado con el nuevo impuesto al plástico


¿Sigues dando bolsas de plástico gratuitas en tu negocio? ¿Tu pyme no recicla? Puede que hasta el momento no hayas tomado ninguna medida al respecto, pero mucho cuidado, porque esto podría costarte dinero a partir de ahora.

Ante la necesidad de frenar el impacto medioambiental que está causando el plástico, se ha aprobado un nuevo impuesto con implicaciones directas sobre empresas de todo tamaño.

La Comisión Europea, está decidida a combatir el uso de envases de plástico en las empresas, por lo que ha instado a los países de la Unión a aprobar medidas en esta dirección.

Este es el caso de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Te explicamos todos los detalles de esta normativa a continuación.

El impacto del plástico en el medioambiente

Luchar contra la contaminación que provoca el plástico en el medioambiente es una de las tareas más urgentes para preservar el planeta. Y es que este material es especialmente agresivo debido principalmente a dos factores:

  • Lo dañina que resulta su composición química
  • Su lenta degradabilidad, es decir, el tiempo que tarda en descomponerse

Para entender un poco mejor lo perjudicial que es este material, vamos a darte algunos datos.

Gran parte del plástico que no se recicla, acaba desechado en los océanos, y su composición química afecta a miles de especies, algo definitivamente preocupante para el ecosistema marino.

Una bolsa de plástico, como la que usamos al comprar en el supermercado, tarda unos 150 años en descomponerse, y durante todo ese proceso libera sustancias químicas contaminantes.

Sin embargo, esto es aún mucho peor con las botellas de plástico: estas, tardan más de 1000 años en descomponerse por completo. Así pues, el plástico desechado daña la tierra, ya que su toxicidad se filtra en el subsuelo afectando a las aguas subterráneas.

Reciclaje del plástico
El País | OCDE

También es nocivo para el mar, como ya hemos dicho, donde su impacto es quizás más visible. Por otro lado, su proceso de fabricación y quemado, puede afectar también al aire.

En definitiva, es primordial reducir el uso de plásticos, ya que a más cantidad de este material entre en contacto con el entorno natural, más se acelera el impacto medioambiental.

Impuesto al plástico

Dado que la Unión Europea se ha planteado el objetivo de frenar esto, ha instado a la creación de nuevas normas que fuercen a las empresas a reciclar.

Esta nueva normativa incluye un gravamen específico para los envases de plástico no reciclado, además de varias sanciones para las pymes y los autónomos en relación con el uso de este material.

El nuevo impuesto al plástico

Como adelantábamos en la introducción, ha entrado en vigor una nueva normativa que permite forzar a las empresas a dejar de utilizar más plástico del estrictamente necesario. No es fácil si tenemos en cuenta la cantidad de envases que existen.

La mayoría de los alimentos que consumimos vienen envueltos en plástico, pero no solo eso. Todo tipo de artículos como juguetes, ropa, complementos, artículos de decoración, etc., es bastante habitual que se empaqueten también con plástico.

Ante esto, el pasado 1 de enero entró en vigor la Ley 7/2022 de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Su objetivo, es reducir el máximo posible el uso de plásticos no reciclados por parte de pymes y autónomos.

¿Cómo? La ley plantea una serie de sanciones en forma de impuesto indirecto sobre aquellos envases no reutilizables que contengan plástico, independientemente de si se encuentran vacíos o contienen cualquier tipo de mercancía.

El tipo impositivo de este nuevo impuesto al plástico será de 0,45 € el kilogramo de plástico no reutilizable. Además, se multará con cuantías de 1000 € o más a aquellas empresas que incurran en determinadas prácticas.

Este nuevo impuesto al plástico afectará a los productos de estos tres grupos:

  • Envases no reutilizables que contengan plástico
  • Productos de plástico semielaborados destinados a fabricar envases no reutilizables que contengan plástico
  • Productos que contenga plástico y se destinen al cierre, comercialización o presentación de envases no reutilizables

Sanciones económicas de la Ley 7/2022 contra el plástico

Hemos mencionado hasta el momento que la nueva ley de impuesto al plástico plantea sanciones económicas de 1000 € o más, castigando así algunas prácticas de pymes y autónomos relacionadas con el uso de plásticos.

Ahora, te explicaremos con detalle en qué consisten esas multas.

Serán sancionadas aquellas pymes y autónomos por estas razones:

  • 1000 € de multa: aquellas pymes o autónomos que no estén inscritos en el Registro territorial del impuesto.
  • 1000 € de multa: si los contribuyentes no establecidos en el territorio no nombran un representante.
  • Multa del 50% de la cuantía de las cuotas del impuesto que no se hayan ingresado, con un mínimo de 1000 €: por la certificación falsa o incorrecta de la cantidad de plástico reciclado que contenga productos gravados por el impuesto.
  • Multa proporcional al 150% del beneficio fiscal disfrutado indebidamente, con un mínimo de 1000 €: por el disfrute indebido de los adquirientes de los productos por no ser el destino de estos.
  • Multa de 75 €: por cada certificado o factura que se emita con consignación incorrecta.

Excepciones del nuevo impuesto al plástico

Hasta aquí, hemos comentado de cuánto será el nuevo impuesto al plástico planteado por la Ley 7/2022, así como las sanciones que propone esta nueva normativa en referencia al tratamiento de los plásticos que hagan las pymes y los autónomos.

Sin embargo, como sucede con la mayoría de las normativas, esta también incluye algunas excepciones al gravamen y a las sanciones. De este modo, no se tendrá en cuenta el uso de plásticos en estos supuestos:

En la fabricación, adquisición o importación intracomunitaria

  • Adhesivos, tintas, lacas o pinturas incorporados a los productos gravados por el impuesto.
  • Productos que contengan, protejan o manipulen mercancías, pero no estén hecho para entregarse junto a estas.
  • Aquellos envases o productos de plástico semielaborados para medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados de uso hospitalario para lactantes o residuos sanitarios peligrosos.
  • Rollos de plástico para pacas, balas, cereales para uso agrícola o ganadero.
  • Productos de plástico semielaborado que no se utilicen para envases.
  • Productos que contengan plástico y sirvan para el cierre, preservación o comercialización de envases.

En la fabricación, adquisición o importación intracomunitaria

  • Productos que hayan dejado de ser aptos o hayan sido destruidos antes del devengo del impuesto.
  • Productos directamente enviados por el fabricante a un territorio donde no se aplique el impuesto.

En la fabricación, adquisición o importación intracomunitaria

  • Envases cuyo plástico reciclado sea de menos de 5 kg al mes.

Las pocas excepciones que hace la nueva ley a la actividad de las empresas dibuja una realidad de la que no se puede escapar: el reciclaje no es una opción. Y para prepararte, lo mejor que puedes hacer es anticipar.

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