Las pensiones son indispensables para asegurar tu vida, ya sea por motivo de jubilación, incapacidad, viudedad e incluso de orfandad. Son muchas las circunstancias por las que necesitamos un fondo económico. En este artículo te hablaremos de cuándo y cómo tienes que rescatar tu plan de pensiones.
Una duda muy recurrente de quienes van a solicitar o ya han solicitado su pensión es qué diferencias hay entre un plan de pensión y un plan de jubilación, ya que no son lo mismo.
Mientras que el primero es fundamentalmente un producto de inversión y ahorro, el segundo es un seguro de vida. Dicho esto, a continuación, te contamos en detalle en qué momento y de qué manera debes hacerlo.
Como te contábamos al principio, el dinero lo puedes solicitar por diversas razones de peso y no únicamente por hacerte mayor y dar por concluida tu vida laboral.
La legislación contempla todo tpo de situaciones precisamente porque el regulador es consciente de que cada uno tenemos una vida y unas necesidades específicas. Más en el caso de los autónomos. Estos casos pueden ser:
Sin embargo, existen otros casos en los que también podrías liquidar tu plan de pensión, aunque se trate de situaciones extremas.
Por ejemplo, por paro o desempleo de larga duración, con la condición de que la aportación a tu plan de pensiones tenga como mínimo una antigüedad de 10 años; o por una grave enfermedad.
No solo es importante conocer en qué casos puedes rescatar tu plan de pensiones, sino las diversas maneras que tienes a tu alcance y elegir la que mejor se adapte a ti.
Al fin y al cabo, se trata de una decisión muy importante que debes tomar en frío porque te afectará desde el primer momento. Así que aquí te contamos cuáles son las dos principales formas en las que puedes pedir tu plan de pensiones.
Ten en cuenta que en función de la decisión que tomes afrontarás unas u otras consecuencias en el futuro. Valora muy bien tus objetivos para luego no tener problemas financieros.
Asimismo, la cuantía a percibir puede ser variable o no variable en cuanto a la cantidad económica y la frecuencia con la que se percibe dicho dinero, dependiendo de factores personales que pueden ir cambiando en el transcurso del tiempo.
A su vez, las rentas pueden ser:
Como siempre, existen las excepciones que te permitirán poder combinar los beneficios de la forma de capital y la forma de rentas además de hacerlo con flexibilidad, y son las siguientes:
Por otro lado, si también te interesa saber cuál es el IRPF que se te aplicaría por solicitar según qué cantidad, está bien que tengas en cuenta la siguiente tabla:
DINERO SOLICITADO | IRPF |
---|---|
Hasta 12.450 € | 19 % |
De 12.451 hasta 20.200 € | 24 % |
De 20.201 hasta 35.200 € | 30 % |
De 35.201 hasta 60.000 € | 37 % |
De 60.001 hasta 300.000 € | 45 % |
Más de 300.000 € | 47 % |
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