Modelo 130 del IRPF para autónomos: cómo rellenarlo paso a paso


Una de las tareas que más quebraderos de cabeza suele dar a los autónomos es la declaración trimestral de impuestos. Esto se debe a que trabajar por cuenta propia en España requiere presentar los datos de facturación cada tres meses.

En estas declaraciones hay dos impuestos de los que debe preocuparse el autónomo: IRPF e IVA. Aunque ambos son de carácter obligatorio, algunos trabajadores por cuenta propia están exentos de facturar con IVA, así que solo deben centrarse en el IRPF.

En este artículo te explicaremos cómo rellenar el modelo 130 del IRPF para autónomos.

Qué es el modelo 130 de IRPF para autónomos

El modelo 130 es una declaración de los ingresos de los últimos tres meses a la Hacienda Pública. De la cuantía total que haya facturado el autónomo, deberá pagar el 20% al Fisco en concepto de anticipo de los impuestos anuales.

Una vez finalizado el año fiscal, se le devolverá si ha pagado de más o se le cobrará la diferencia.

Todos aquellos que realicen actividades económicas, sean mediante régimen de estimación directa normal o simplificada, tienen la obligación de presentar este modelo.

Cómo calcular el IRPF de un autónomo

El IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo obligatorio en España que se calcula sobre los ingresos que obtiene cada ciudadano.

Cada persona debe abonar un porcentaje que varía en función de los ingresos, desde un 19% hasta un 47%. En concreto, la tabla de porcentajes es la siguiente:

INGRESOS

IRPF

Hasta 12.450 euros

19%

De 12.451 a 20.199 euros

24%

De 20.200 a 35.199 euros

30%

De 35.200 a 59.999 euros

37%

De 60.000 a 299.999 euros

45%

Más de 300.000 euros

47%

Si un autónomo cobra por encima del mínimo, el porcentaje total a pagar se calculará por tramos.

Por ejemplo, si factura un total de 40.000 euros anuales, se calculará el 19% de los primeros 12.450. Después, saltaríamos al segundo tramo, calculando la diferencia entre el segundo y el primero (20.199 – 12.451 = 7.748).

Calcularíamos entonces el 24% de esos 7.748, y saltaríamos al siguiente tramo. De los 40.000 euros iniciales, nos seguirían quedando 19.802 por tributar, así que seguiríamos saltando de tramo.

Después el 30% de 14.999 (resultado de 35.199 – 20.200), y nos quedarían entonces 4.803 euros por tributar. Aquí llegaríamos al último tramo correspondiente, calculando el 37% de 4.803 euros.

BASE TOTAL PRIMER TRAMO SEGUNDO TRAMO TERCER TRAMO CUARTO TRAMO
40.000 euros 12.450 euros 7748 euros 19.802 euros 4803 euros
% 19% 24% 30% 37%
IRPF 2365,50 euros 1859,52 euros 5940,60 euros 1777,11 euros

Los autónomos tienen la obligación legal de presentar una declaración trimestral de IRPF, mediante la que se paga el 20% de lo facturado.

Abonadas estas cantidades cada tres meses, en la Declaración anual de la Renta se ajustarían las cuantías mediante el cobro o devolución de la parte restante.

Esto quiere decir que, si el autónomo ha pagado de más, le saldría a devolver, y si ha pagado de menos, le saldría a pagar. La declaración se realiza mediante la presentación del modelo 130 de Hacienda.

Cómo rellenar el modelo 130 de IRPF, paso a paso

El modelo 130 de IRPF puede presentarse vía telemática en la página web de la Agencia Tributaria. Al abrirlo, deben cumplimentarse los siguientes apartados con la información correspondiente:

  • Declarante: NIF y nombre completo.
  • Devengo: indicar el año fiscal correspondiente y el trimestre al que pertenece, con las abreviaturas 1T, 2T, 3T o 4T.
  • Liquidación: la liquidación consta de varios apartados. En el primero, debes rellenar las siguientes casillas con la información indicada a continuación.
  • Casilla [01]: indicar la totalidad de los ingresos obtenidos durante el trimestre.
  • Casilla [02]: incluir todos los gastos pagados durante el trimestre, incluyendo las facturas simplificadas y los gastos de difícil justificación.
  • Casilla [03]: restar los gastos a los ingresos.
  • Casilla [04]: calcular el 20% de la casilla número 03, es decir, impuestos que abonarás.
  • Casilla [05]: sumar los importes liquidados en Hacienda en los anteriores trimestres del mismo ejercicio.
  • Casilla [06]: añadir retenciones ya practicadas en facturas (generalmente los autónomos se retienen a cuenta un 15%, que es el máximo permitido).
  • Casilla [07]: cantidad a pagar.

Las casillas que vienen a continuación son exclusivamente para aquellos autónomos que realizan actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras:

  • Casilla [08]: indicar ingresos trimestrales sin contar subvenciones de capital ni indemnizaciones.
  • Casilla [09]: calcular el 2% de la cantidad reflejada en la casilla 8.
  • Casilla [10]: retenciones e ingresos a cuenta del trimestre indicado.
  • Casilla [11]: cantidad a pagar.

Una vez rellenadas las casillas anteriores en caso de que corresponda, queda un último apartado, el de total liquidación:

  • Casilla [12]: suma de las casillas 07 y 11.
  • Casilla [13]: dependiendo del volumen de facturación, en esta casilla puedes añadir una deducción extra. Consulta en la tabla correspondiente si procede alguna deducción.
  • Casilla [14]: restar los pagos fraccionados de casilla 12 y la posible deducción de la casilla 13.
  • Casilla [15]: incluir los resultados negativos de los meses anteriores en caso de haberlos.
  • Casilla [16]: deducción relacionada con la compra o la rehabilitación de una primera vivienda. Puedes deducir hasta un 2% con un máximo de 660,14 euros.
  • Casilla [17]: calcular la diferencia entre las casillas 14,15 y 16.
  • Casilla [18]: solo se rellena en caso de ser una presentación complementaria se indica el resultado a ingresar de la anterior liquidación.
  • Casilla [19]: resultado de la autoliquidación.

Quién debe presentar el modelo 130 del IRPF

Estos son todos los trabajadores que tienen que presentar obligatoriamente el modelo 130 del IRPF:

  • Todos los autónomos que lleven a cabo una actividad profesional. NO obstante, quedan exentos del modelo 130 de IRPF los autónomos que hayan facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y otras entidades jurídicas de España.
  • Los empresarios datos de alta en actividades empresariales, es decir, de los epígrafes IAE, salvo aquellos que estén en el sistema de módulos. Estos últimos deberán presentar el modelo 131.
  • Los socios de una comunidad de bienes de acuerdo con su porcentaje de participación.

Cuándo debo presentar el modelo 130 del IRPF

Ahora que ya sabes en qué consiste el modelo 130 del IRPF para autónomos, estas son las fechas que debes apuntar en tu calendario para presentarlo a tiempo:

  • Del 1 al 20 de abril: modelo del primer trimestre (enero, febrero y marzo).
  • Del 1 al 20 de julio: modelo del segundo trimestre (abril, mayo y junio).
  • Del 1 al 20 de octubre: modelo del tercer trimestre (julio, agosto y septiembre).
  • Del 1 al 30 de enero: modelo del cuarto trimestre (octubre, noviembre y diciembre).

Además del modelo 130 de IRPF para autónomos, en Yoigo Negocios te ayudamos a gestionar todos tus trámites con Hacienda. Si tienes cualquier duda, visita nuestra web o llama al 900 622 500 y deja que te informemos.