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Los autónomos, al igual que las pymes, deben cumplir con sus obligaciones fiscales y burocráticas durante el año. No obstante, como trabajador por cuenta propia tendrás que estar atento a la hora de gestionar operaciones y papeleos, como rellenar el modelo 390 del IVA para evitar sanciones de Hacienda.
Además, hay varios modelos del IVA que cualquier empresa o negocio tendrá que presentar ante la Agencia Tributaria, siempre y cuando cumpla con una serie de requisitos y plazos de entrega. A continuación, te explicamos en qué consiste el modelo 390 para la liquidación del IVA.
El modelo 390 del IVA para autónomos es igual que el modelo 303 pero de mayor extensión, por lo que su presentación coincide con el cierre contable de cada ejercicio económico de tu negocio. Dicho de otra forma, es el procedimiento por el que el autónomo sabrá si su trabajo ha sido rentable a final de año.
No obstante, este modelo es una mera declaración a Hacienda de caracter informativo, ya que recoge todas las operaciones realizadas a lo largo del año natural, del 1 de enero al 31 de diciembre. Eso sí, presentar el modelo 390 es obligatorio para los autónomos y también para pymes.
Ahora bien, ¿cómo rellenar el modelo 390 del IVA? Aquí te damos una serie de pautas y consejos para que no cometas ningún error al rellenarlo.
A la hora de presentarlo, tal vez no tengas del todo claro, como trabajador autónomo, si tienes que hacerlo de forma obligatoria o no. Por eso, te explicamos en detalle en qué casos debes rellenar obligatoriamente el modelo 390 del IVA y cuándo no:
Incluye a todos los sujetos pasivos del IVA que estén obligados a presentar las autoliquidaciones periódicas del Impuesto sobre el Valor Añadido, mensuales o trimestrales, así como los sujetos pasivos que tengan que rellenar la declaración conjunta.
Por su parte, estos son los trabajadores que no están obligados a rellenar y presentar el modelo 390 para la liquidación del IVA:
Tampoco tendrán que rellenar el modelo 390 del IVA aquellos empresarios y profesionales con periodo de liquidación trimestral que, tributando únicamente en territorio común, desarrollen actividades en régimen simplificado del IVA o se dediquen al alquiler de bienes inmuebles urbanos.
Como te hemos explicado en otras ocasiones, este régimen afecta solo a empresarios individuales o autónomos y personas físicas que tributen por módulos. Además, no podrán superar los 250.000 euros anuales recaudados por sus actividades económicas, excepto las agrícolas, forestales y ganaderas.
No obstante, quienes estén exentos de presentar dicho modelo o declaración anual del IVA deberán rellenar el apartado dedicado exclusivamente a los mismos, es decir, el correspondiente al último periodo de autoliquidación del ejercicio anual. A todo esto, se aplicarán los porcentajes de tributación convenientes.
El modelo 390 o declaración anual del IVA deberá presentarse durante los 30 primeros días naturales de enero del año siguiente a la declaración correspondiente.
Quienes se acojan a la declaración conjunta tendrán que realizar por separado la presentación anual de la liquidación del IVA, también en los 30 primeros días naturales del mes de enero.
Asimismo, los vencimientos que coincidan con un día inhábil (sábados, domingos y festivos) se desplazarán al primer día hábil siguiente. al primer día hábil siguiente.
Ahora que ya sabes en qué consiste este modelo de tributación para los autónomos, tienes dos formas de rellenar y presentar el modelo 390 del Impuesto sobre el Valor Añadido:
Por último, estos son otros datos de identificación muy importantes que tendrá que facilitar el sujeto pasivo para tramitar la liquidación del IVA: NIF, nombre del autónomo, sus actividades económicas y volumen de operaciones anuales, datos de terceros si fuera necesario o resultados de la liquidación anual.
Como siempre, en Yoigo Negocios te ayudamos a gestionar todos tus trámites con Hacienda. Si tienes cualquier duda, puedes visitar nuestra web o llámanos al 900 622 500 y te estaremos encantados de echarte una mano en todo lo que necesites.