Se suele decir que la tecnología va por delante de la ley, y esto es particularmente cierto si hablamos de productos financieros. En la última década han ido surgiendo empresas fintech, insurtech o wealthtech, entre otras muchas -tech, que tarde o temprano se topaban con un obstáculo que les impedía desarrollar al completo su gama de productos. Este obstáculo era la falta de un marco legal.
La Ley para la transformación digital del sistema financiero surge para solucionar este problema. Lo hace en dos niveles esenciales. Primero, reconoce que vivimos en un momento de gran inventiva en el terreno de la tecnología y las finanzas.
Y segundo, crea un espacio de pruebas para canalizar toda esta inventiva, siempre dentro de un marco legal y con garantías: el llamado sandbox.
En noviembre de 2020 entró en vigor la Ley para la transformación digital del sistema financiero, que podemos acotar como ley sandbox porque este es su cometido principal: regular el sandbox, que es, como podemos leer en la propia ley: “un entorno controlado de pruebas que permita llevar a la práctica proyectos tecnológicos de innovación en el sistema financiero con pleno acomodo en el marco legal y supervisor”.
La clave de la ley es que combina la innovación tecnológica y el desarrollo de nuevos productos con la seguridad y la supervisión de las autoridades competentes en la materia.
La ley prevé que los órganos supervisores sean, atendiendo a las características de los proyectos en prueba, el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
La llegada de este entorno controlado ha sido recibida con un entusiasmo prácticamente unánime entre las organizaciones que agrupan el fintech español. Es el caso de la Asociación Española de Fintech e Insurtech (AEFI), que valora la ley como una “herramienta muy lograda, muy ambiciosa y relevante para toda la industria financiera española”.
“El sandbox va a ser un éxito por parte de la industria y un hito histórico en la legislación española”, dicen desde la asociación.
La ley establece varios criterios para definir qué proyectos pueden acogerse a la herramienta. El más básico alude a que deben aportar “una innovación de base tecnológica aplicable en el sistema financiero”.
Esta aclaración sirve para recordar que el sandbox está unido a la novedad, no es un banco de pruebas para productos que se estén comercializando ya en el mercado.
Otro punto interesante es que los prototipos deben ofrecer una “funcionalidad mínima para comprobar su utilidad y, en consecuencia, permitir su viabilidad futura, aunque dicha funcionalidad esté incompleta respecto a posteriores versiones del mismo”. De nuevo, se incide en el carácter prototípico de los productos a probar.
Así que el prototipo que quiera participar en el sandbox tiene que ser nuevo e inédito. En cuanto a su funcionalidad, la ley prevé también algunas restricciones, aunque ahora veremos que no lo son tanto. La norma dicta que las autoridades competentes deben ver una «potencial utilidad o valor añadido sobre los usos existentes en, al menos, uno de los siguientes aspectos:
Los criterios de entrada son, por tanto, bastante laxos. Prácticamente puede entrar cualquier compañía fintech o de otro tipo mientras ofrezca productos relativos a tecnología financiera. El punto b), que alude a “beneficios para los usuarios de servicios financieros” abre la puerta a las empresas B2C.
Mientras que los puntos a), c) y d), que apuntan a mejoras en procesos y mecanismos de regulación, invitan a cualquier empresa orientada a B2B.
La respuesta es sí, pues la compañía acogida al sandbox debe explicarle esta circunstancia al usuario del servicio y este debe dar su consentimiento por escrito. En la ley se insiste en que las explicaciones que se den a los usuarios deben ser claras y precisas.
Esta precaución no impide que haya ciertos riesgos, pues si bien hablamos de un entorno de pruebas seguro y limitado, estas garantías se refieren especialmente al ámbito de la estabilidad financiera y de los mercados, no tanto a las inversiones de los usuarios particulares que participen en estas pruebas.
Pensemos en un roboadvisor, una gama de producto que veremos muy a menudo en el sandbox. En su fase de pruebas, el roboadvisor operará para un conjunto limitado de usuarios, lo hará de forma transparente y siempre bajo supervisión de los reguladores.
Sin embargo, sus clientes estarán expuestos a los mismos riesgos inherentes al uso de estos productos, igual que si estuvieran utilizando roboadvisors que ya están operando en el mercado.
La norma sí prevé una compensación al usuario si este resultara damnificado por un problema de funcionamiento del prototipo en pruebas. En ese caso, el proyecto piloto sería suspendido, y lo mismo sucedería si la autoridad encargada del seguimiento apreciase “deficiencias manifiestas o reiteradas, o eventuales riesgos para la estabilidad financiera, la integridad de los mercados financieros o la protección a la clientela”.
El entramado de sandbox se compone de cuatro patas: la compañía fintech, su prototipo, los usuarios que lo prueban y los reguladores. Para estos últimos, la ley prevé un papel fundamental, buscando solucionar el problema con el que se iniciaba este texto: si la tecnología va por delante de la ley, la norma sandbox obliga a que la tecnología y los reguladores vayan juntos.
Para lograr esto, la ley sitúa a los reguladores a lo largo de todo el proceso: validan los proyectos que pueden participar del sandbox, crean el marco regulatorio ad hoc, evalúan el prototipo y, finalmente, dan su autorización para que salga al mercado o no.
La importancia vital del regulador queda descrita en un párrafo particular:
“El desarrollo y resultado de las pruebas se tendrá en cuenta a los efectos de simplificar la legislación existente, eliminar barreras y duplicidades innecesarias, establecer procedimientos más ágiles y minimizar las cargas administrativas a las que se encuentran sometidas las entidades financieras, todo ello al objeto de seguir impulsando un marco regulatorio eficiente para las actividades económicas”.
De este modo, en el sandbox no solo se prueba la viabilidad de un producto o servicio financiero en un entorno controlado, sino también un marco normativo innovador.
De resultar demostrada la eficacia de la nueva norma a esa pequeña escala, esta podría iniciar los pasos para incorporarse al conjunto de leyes que regulan el mercado financiero y sus productos.
Uno de los puntos fuertes de la norma es que se ha trazado un itinerario a priori sencillo para optar a esta herramienta. El proceso de solicitud comienza en la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
A su web deberán dirigirse las empresas interesadas —denominadas en la norma como promotores— y enviar, junto con su solicitud, una memoria explicativa del proyecto donde se aclare cuál es el valor añadido que aporta a lo que ya existe en el mercado.
La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional trasladará la solicitud a uno de los tres órganos competentes que ya citamos más arriba: Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Cual sea de estos deberá valorar el proyecto y calificarlo como favorable o desfavorable.
Si el proyecto obtiene la calificación de favorable, es momento para que el promotor y el órgano regulador se sienten a trabajar juntos. Tendrán tres meses para definir el marco de pruebas, compuesto por el conjunto de normas bajo las que operará el prototipo y por sus restricciones operativas (número de usuarios que pueden participar, alcance, etc.).
En cuanto a la parte legal, aquí entran tanto las reglas creadas ad hoc como una versión permisiva y supervisada del marco regulatorio de carácter general. Recordemos que el propósito del sandbox es probar productos que, bajo la normativa vigente, no serían viables.
Una vez definidas las condiciones, empieza el periodo de pruebas propiamente dicho. Según hayan estipulado promotor y regulador, el primero deberá enviar informes periódicos al segundo, con el fin de evaluar el desarrollo del prototipo y su comportamiento.
Como vimos antes, la norma establece que el regulador puede dar por terminado el ensayo si no lo ve claro, algo que también puede hacer el promotor si el comportamiento de su producto no le resultara satisfactorio.
Terminado el periodo de pruebas, y si los resultados son los esperados, el promotor puede solicitar la autorización para sacar su producto al mercado. Para ello deberá elaborar una memoria y enviarla al órgano competente para su evaluación.
La propia ley sugiere que todo este proceso podría ir más rápido que por los cauces habituales; al fin y al cabo, el sandbox no deja de ser una demostración bajo supervisión del producto.
Aunque la recepción de la Ley para la transformación digital del sistema financiero ha contado con un recibimiento favorable casi unánime, sí ha habido algunas objeciones.
Garrigues destacó que la ley está exclusivamente centrada en la tecnología financiera y que los prototipos no se evalúan atendiendo a enfoques como “la regulación de la privacidad o la de servicios de la sociedad de la información, cada vez más convergente con la de telecomunicaciones”.
“Habría sido tremendamente innovador a nivel mundial que, aprovechando esta oportunidad de creación legislativa, se hubiera perseguido un objetivo más ambicioso", apuntaba.
Habría sido un acercamiento "con un enfoque regulatorio más amplio y la participación de otras administraciones de regulación y supervisión (AEPD, CNMC) y desarrollando un esquema de sandbox tecnológico integral, que permitiría solucionar muchos de los problemas mencionados en un solo cauce”.
Con todo, la Ley para la transformación digital del sistema financiero forma parte de un conjunto de normas que va a ampliarse en los próximos meses.
Están por venir la transposición de la V Directiva europea de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo o el marco regulatorio, también a escala europea, de los crowdfunding o micromecenazgos orientados a la financiación de empresas.
“Sin lugar a duda, el sandbox en sí es lo más positivo que le podría pasar al ecosistema fintech”, valoran desde la Asociación Española de Fintech e Insurtech (AEFI). Hasta la aprobación del sandbox español en noviembre de 2020, la referencia a nivel europeo era el británico.
“Con la salida de Reino Unido de la UE tenemos un panorama muy alentador en cuanto a posicionamiento líder en desarrollo e innovación en la eurozona”, subrayan desde la AEFI.
Si la Ley para la transformación digital del sistema financiero sirve de espaldarazo o no para el sector es algo que veremos en los próximos meses.
Lo que ya se puede afirmar es que con esta ley se pone la primera piedra para dar respuesta a una demanda tradicional del sector fintech: que se distinga a estas empresas de las entidades bancarias, para no obligarlas a operar en un entorno tan regulado y restringido como es el bancario.
En ese proceso la banca tradicional se verá forzada a adaptarse y seguir operando como referentes apostando por el crecimiento de las soluciones digitales. Muchas, de hecho, ya lo están haciendo con productos sorprendentes. Se tratará de una carrera de fondo que dirimirá qué estrategias abogan más por el futuro de los ahorradores e inversores.
La ley sandbox encaja como un guante al momento particularmente dinámico que vive el ecosistema de la tecnología financiera, impulsado por conceptos novedosos que poco a poco irán despegando, como el Banking as a Service, el Open Banking o la digitalización de la banca, así como la llegada al entorno financiero de las grandes tecnológicas, algunas de ellas, como Amazon o Alibaba Group, con sus propias divisiones fintech.