Muchos empleados no están al tanto de cuáles son sus derechos. Desgraciadamente, desconocen cosas tan básicas como a qué permisos tienen acceso, las limitaciones horarias, cómo funcionan las horas médicas, y otros temas legales.
El comité de empresa existe para defender los intereses de los trabajadores respecto a estas y otras cuestiones. Tanto si eres empleado como si estás al frente de una empresa, debes familiarizarte con este concepto por cuestiones estratégicas.
Estar al tanto de cuáles son sus funciones y en qué momento una compañía está obligada a formar uno es algo que te va a aportar competitividad desde cualquiera de las esferas de la oficina. ¿Es obligatorio? No, pero sí muy recomendable. ¡Veamos!
Como ya hemos adelantado, el comité de empresa es un órgano que se encarga de representar a los trabajadores y está formado precisamente por algunos de ellos.
Sus atribuciones se regulan, como otras cuestiones, en el Estatuto de los Trabajadores. Respecto a la representación, el comité de empresa no debe confundirse con un sindicato, ya que no tienen ningún tipo de vinculación.
La formación del comité de empresa se lleva a cabo cuando una compañía tiene más de 50 trabajadores. En caso de tener menos, los empleados estarían representados por un delegado de personal.
Los sindicatos, por su parte, también cumplen un papel representativo, pero lo hacen a nivel global. Es decir, se encargan de defender los intereses de todos los trabajadores, y en una misma empresa suele haber diferentes sindicatos a los que afiliarse.
Los comités de empresa se encargan, por otro lado, de velar por los derechos e intereses de los trabajadores de su propia empresa. En ellos, no obstante, se pueden encontrar afiliados a diferentes sindicatos. Ojo, porque esta afiliación no es obligatoria para formar parte de un comité.
Una vez claro el concepto de qué es un comité de empresa y en qué se diferencia de un sindicato, toca enumerar las funciones de este:
Ya adelantábamos al comienzo que los comités de empresa se constituyen en compañías que tengan 50 empleados o más. Es precisamente el número de las personas de la plantilla el que determinará la cantidad de gente que forma el comité:
En lo que se refiere a la jerarquía, habrá un presidente y un secretario, que serán los encargados de redactar el reglamento para proceder del comité. Una vez redactado, deberán remitirlo a la autoridad laboral competente.
El presidente es el responsable de asumir la representación legal y jurídica del órgano, supervisar que el reglamento se cumpla, presidir las reuniones y moderar los debates; el secretario da apoyo y lo sustituye en caso de ausencia justificada.
La formación del comité se lleva a cabo a través de un sistema de sufragio libre y secreto, al que tienen derecho todos los empleados de una empresa, con independencia del tipo de contrato que tengan.
Es necesario, eso sí, llevar trabajando en la compañía al menos un mes para poder votar, así como tener 16 años (edad legal para trabajar).
Para ser elegido, hay que tener al menos 18 años y una antigüedad en la empresa de 6 meses como mínimo. Los becarios en prácticas no podrán formar parte de este proceso de sufragio. La periodicidad de estas votaciones es cada 4 años.
Si te has planteado entrar a formar parte de un comité de empresa en algún momento, debes saber que, junto a todas las obligaciones que conlleva, tendrías también una serie de derechos destinados a proteger tu puesto de trabajo.
El comité de empresa es así un activo de valor incalculable para la calidad laboral de los empleados, y un intangible crítico para la reputación de la empresa en el mercado de talento. Saber gestionarlo es vital para dar un impulso en materia de RRHH.
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