Las empresas, al igual que sus trabajadores, tienen una serie de derechos, pero también unas obligaciones si no quieren ser sancionadas por un inspector de trabajo. Por eso, a continuación, te vamos a contar en detalle todo lo que necesitas saber sobre la inspección de trabajo.
Cualquier infracción puede ser duramente castigada, pero ¿en qué consiste exactamente?
Para entenderlo, tal como queda recogido en la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social: son aquellas “acciones u omisiones de los empresarios contrarias a las normas legales de los convenios colectivos” en lo que se refiere al ámbito laboral.
Después de este inciso, para tener muy claro qué es una infracción en este contexto concreto, vamos con la cuestión que nos ocupa: qué es una inspección de empleo, cómo solicitarla y qué sanciones pueden recaer sobre tu empresa si incumple algún punto.
Como te adelantábamos en el apartado anterior, la inspección de trabajo tiene unas determinadas características. Quizás no lo tengas del todo claro, tanto si eres el dueño de tu propia empresa como si eres empleado, en qué consiste todo el proceso.
Un proceso de evaluación de las condiciones de dicha empresa, que por tanto es largo y te lo explicamos de la manera más fácil. Vamos por puntos:
Entre los documentos que el inspector de trabajo puede perfectamente exigir a la empresa, aquí te recogemos algunos de ellos:
Tal como se recoge oficialmente en la web del ministerio: “Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social”.
De tal forma que, en caso de querer solicitar una inspección para denunciar un hecho ilícito dentro de la empresa, según el artículo 9.1.f del Real Decreto 928/1998, el escrito de denuncia deberá contener:
Además, la denuncia se deberá solicitar por escrito y en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social.
Por último en ningún caso se admitirán denuncias presentadas a través del correo electrónico facilitado en la web. En caso de no poder realizarse la denuncia de manera presencial, estas son las siguientes vías disponibles.
En la Sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, siempre y cuando el denunciante utilice su Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe) o de su firma electrónica.
La denuncia irá dirigida a la oficina de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. En caso de no personarse el anunciante, será obligatorio adjuntar una copia del DNI del denunciante, así como de la autorización del mismo.
Las infracciones de trabajo se clasifican en tres tipos —leves, graves y muy graves—, según el Ministerio de Trabajo, a propuesta de la Inspección de Trabajo, y de acuerdo con el Real Decreto 928/1998.
Entre las sanciones que pueden aplicarse, las más habituales que aquí te destacamos son las siguientes:
Dado que existen numerosas multas, según la gravedad que conlleven y el contexto empresarial en el que se desarrollen, aquí te adjuntamos información que te será de gran utilidad del Ministerio de Trabajo.
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