Cómo comprobar el Ingreso Mínimo Vital para autónomos


Más importante es la efectividad que el contenido de la prestación. Tras la pandemia y con la crisis inflacionaria en ciernes, las ayudas sociales del Gobierno no han hecho más que multiplicarse. Pero ¿llegan a quienes tienen que llegar?

Esta es una cuestión de la que se ha hablado mucho a la hora de valorar la efectividad del Ingreso Mínimo Vital. Cumples los requisitos como autónomo —o cualquier otro contexto—, lo solicitas, pero nunca terminas de ver el dinero.

Bueno, pues a diferencia de lo que sucede con otros tantos trámites burocráticos en España, el IMV sí cuenta con un proceso bien construido. La propia Seguridad Social nos permite consultar con bastante facilidad el estado de la solicitud.

Y eso es lo que queremos explicar aquí. Si has pedido el Ingreso Mínimo Vital y todavía esperas una comunicación oficial, echa un vistazo a esto porque te podría sacar de dudas al instante.

Cómo comprobar el Ingreso Mínimo Vital

El INSS ofrece dos alternativas diferentes para comprobar el Ingreso Mínimo Vital en función de cómo se solicitase la prestación. Esto, claro, dejando de lado que la institución siempre notifica por escrito al interesado con el resultado del proceso.

  • Importante⚠️: la información de los expedientes se actualiza cada viernes

La cuestión aquí es adelantarse a la carta para poder planificar con tiempo las finanzas del negocio en función de la resolución. Esto lo podemos hacer gracias a la web oficial de la Seguridad Social y a la transformación digital general que ha emprendido el Estado.

Consultar el estado del IMV con certificado digital

Es el método más sencillo. ¿Solicitaste el Ingreso Mínimo Vital con certificado digital o cl@ve? La Seguridad Social te pone bastante sencillo consultar el estado de la aplicación.

Lo único que tienes que hacer es entrar en [este enlace], y navegar hasta el desplegable "Mis expedientes administrativos". Ahí selecciona "Certificado electrónico".

Consultar Ingreso Mínimo Vital

Pincha en "Obtener acceso" y luego identifícate con tu cl@ve Pin, tu cl@ve Permanente o tu DNIe o certificado digital. Llegarás a un listado con todos tus trámites abiertos. El estado del IMV aparecerá ahí mismo si está disponible.

Estado solicitud Ingreso Mínimo Vital

Dentro del enlace verás la resolución de tu solicitud. En este punto la Seguridad Social ofrece diferentes resultados en función del punto en el que se encuentre el trámite. Esto te permitirá saber con exactitud cómo va.

  • En estudio
  • Pendiente de recibir o revisar la documentación complementaria solicitada
  • Solicitud finalizada por falta de documentación
  • Archivada por constar otra solicitud presentada
  • Aprobada
  • Denegada
  • Inadmitida a trámite por incumplimiento del requisito de rentas y/o patrimonio
  • Inadmitida a trámite por ser administrador de una sociedad

Como forma alternativa, el INSS también permite consultar la resolución definitiva de la solicitud del IMV. Para ello tienes que entrar en este [otro enlace] y luego desplegar "Notificaciones / comunicaciones".

Notificaciones Seguridad Social

Abre "Consultar y firmar notificaciones telemáticas". Ojo, porque aquí no te valdrá la cl@ave Pin. Necesitarás, o bien la permanente, o bien el dichoso DNI electrónico.

De haber resolución tendrías que estar viéndola en el apartado "Pendientes de firmar". Si no aparece nada es que la Seguridad Social todavía no ha temrinado de resolver la petición.

Consultar el estado del IMV sin certificado digital

Aquí la cosa se complica un poco más. El portal del INSS tiene que dar unas cuantas vueltas para validar tu identidad sin otro aval que tu propio equipo. Por eso tardarás un poco más en comprobar el IMV sin certificado digital.

Haz scroll en la página abierta y pulsa el botón "Gestiona la solicitud presentada", que verás junto a "Accede al borrador de la solicitud". Se abrirá una ventana flotante con un bloque en blanco.

IMV sin certificado digital

El código de solicitud (CSV) no es más que el cifrado que generó el trámite cuando aplicaste al Ingreso Mínimo Vital. En este punto el sitio te permite tanto introducir estos 32 caracteres, como apostar por la versión simplificada del número de referencia.

Los estados son los mismos que ya señalábamos más arriba. En función de eso podrás saber con anticipación si has hecho algo mal o si todavía debes esperar más para recibir el dinero.

Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud del Ingreso Mínimo Vital

"¿Y cómo demonios sé yo si va todo bien o está tardando demasiado?" Bueno, como en cualquier otro trámite administrativo, la Seguridad Social nos da plazos estimados de resolución. Esto, por supuesto, no es ninguna ciencia.

  • Plazo máximo de resolución del IMV: 6 meses desde presentación

Una vez transcurrido ese tiempo deberías tener ya en tu buzón de notificaciones el resultado de la solicitud. De no ser así se entenderá como denegación por silencio administrativo. Efectivamente, no te van a dar el Ingreso Mínimo Vital.

De todas formas el INSS no dejará el trámite sin resolver aunque se haya superado el plazo máximo estipulado. Es decir, que lo más probable es que se te vaya a denegar, pero que seguirás recibiendo notificación si no es así.

Ingreso Mínimo Vital en 2023: ¿a cuánto asciende?

El Gobierno ha decidido incrementar todas las pensiones en 2023 para paliar los efectos que está teniendo la inflación en autónomos y familias. Desde el 1 de enero las pensiones generales aumentan un 8,5%.

¿Y qué pasa con las no contributivas? Es ahí donde entra el IMV. Esta partida recibe un incremento del 15%. Eso significa que todos los inscritos al Ingreso Mínimo Vital, sin importar cuándo empezaran a recibirlo, se verán beneficiados.

Las ayudas quedan de la siguiente manera, entendiendo como baremo la "unidad de conveniencia" que emplea la Seguridad Social.

unidad de conveniencia prestación por imv
Un adulto 565,37 €
Un adulto + un menor 859,37 €
Un adulto + 2 menores 1028,98 €
Un adulto + 3 menores (o más) 1198,56 €
2 adultos 734,97 €
2 adultos + un menor 904,51 €
2 adultos + 2 menores 1074,20 €
2 adultos + 3 menores (o más) 1243,83 €
3 adultos 904,51 €
3 adultos + un menor 1074,20 €
3 adultos + 2 menores (o más) 1243,74 €
4 adultos 1074,20 €
4 adultos + un menor 1243,74 €
4 adultos + 2 menores ( o más) 1243,74 €

Dejando de lado el incremento del IMV, también se ha modificado parcialmente la ley para añadir un asterisco importante. En lo que se refiere al reintegro de cuantías recibidas por error:

  • No se exigen cantidades superiores 65% de la cuantía mensual de las pensiones no contributivas (si en la unidad de convivencia hay por lo menos un menor)

Para financiar estas medidas y llegar hasta el millón de prestaciones previstas, la Administración se va a cargar con un suplemento de crédito de unos 283 millones de euros.

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