En 2022 el Gobierno anunció la obligatoriedad para los autónomos de emitir facturas electrónicas. Esta nueva reforma corresponde a la Ley Crea y Crece, aprobada por el Senado en septiembre, y con entrada en vigor a partir de noviembre. Las adaptaciones serán sí o también.
Sin embargo, existe un plazo de adaptación para comenzar a implementar ciertas medidas. En concreto, la factura electrónica es obligatoria a partir del año 2023 para todas aquellas pymes y autónomos cuya facturación anual supere los 8 millones de euros.
Para el resto, este nuevo método de facturación será obligatorio a partir de 2025. Pero, aún así, es conveniente comenzar a familiarizarse con él desde ya, y evitar así sorpresas futuras.
Las facturas electrónicas, como indica su propio nombre, son facturas emitidas en formato electrónico. A todos los efectos, tiene las mismas implicaciones que una factura normal, lo que significa que esta medida no afecta a los plazos de cobro, impuestos, etc.
Sencillamente, se trata de un documento emitido electrónicamente y no en formato papel.
Como ya hemos comentado, de momento se trata de una obligación para aquellas pymes y autónomos con una facturación superior a 8 millones de euros anuales. Para los que facturen una cantidad inferior a esta, la factura electrónica no será obligatoria hasta el año 2025.
Pero, ¿cómo son estas facturas? ¿Deben emitirse en un formato especial o a través de un programa específico? ¿Deben enviarse a través de canales concretos? Estas son las dudas más habituales.
En primer lugar, cabe destacar que existen dos tipos de facturas electrónicas, en función del formato del archivo:
El motivo por el que la Ley Crea y Crece ha optado por establecer este tipo de facturación para empresas y autónomos, tiene que ver con cuestiones relacionadas con la eficiencia y el ahorro.
Si eres autónomo o estás al frente de una pyme, y llevas mucho tiempo a acostumbrado a otro tipo de facturación, puede que no te entusiasme la idea de cambiar tu método de trabajo.
Sin embargo, la factura electrónica trae consigo una serie de ventajas que vamos a exponerte a continuación:
Así pues, y aunque se trate de una reforma que implica que muchas pymes y muchos autónomos tengan que cambiar su manera de facturas, a largo plazo se trata de algo positivo.
De hecho, las estimaciones señalan que esta digitalización permite ahorrar a los autónomos alrededor de un 60% de los costes de facturación.
De momento la factura electrónica es una medida exigible a los autónomos y las pequeñas y medianas empresas con una facturación superior a 8 millones de euros anuales. Para el resto, la obligación no será tal hasta el año 2025, por lo que tienen tiempo para adaptarse a la nueva situación.
Sin embargo, este cambio ya afecta también al resto de autónomos y pymes, aunque todavía no tengan que emitir facturas electrónicas. Y es que, para que se pueda enviar este documento digital, hace falta el consentimiento del receptor.
En otras palabras, si una pyme y autónomo te factura de manera electrónica, necesitará tu consentimiento para ello, y este afectará únicamente a una factura. Por lo tanto, tendrá que pedírtelo cada vez que te envíe una.
Este consentimiento, debe darse de forma expresa o tácita para poder recibir dichas facturas electrónicas. Por lo tanto, la Ley Crea y Crece ya te afecta, pese a que no te exijan facturar de forma electrónica hasta el año 2025.
La Ley Crea y Crece establece una serie de multas y sanciones para aquellas empresas o autónomos que no respeten las obligaciones digitales fijadas. Muy atento a las cantidades, ya que no son pequeñas en absoluto:
Concluyendo, tanto si facturas más de 8 millones de euros anuales como autónomo o con tu pyme, como si no, lo ideal es estar al tanto de las facturas electrónicas y todo lo que conllevan. ¿Y cuál es la mejor forma de hacerlo?
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