En España hay más de 3 millones de autónomos. Según los últimos datos de ATA, en 2022 creció el cese de actividad hasta los más de 3,3 millones. Si tú también trabajas por cuenta propia, te contamos cuánto puedes cobrar con las nuevas prestaciones este 2023.
Una de las preguntas que más puedes hacerte es cuánto dinero te correspondería en caso de desempleo. A diferencia de cualquier asalariado, por ser autónomo puedes recibir una serie de ayudas. ¿Qué requisitos debes cumplir? ¿Por cuánto tiempo te pagarán?
Nos metemos en el mundo de las prestaciones para explicarte lo más importante del nuevo cese de actividad.
A partir de este 2023, los autónomos contarán con dos nuevos impuestos. Estos garantizarán el cese de actividad —ya sea por pérdidas continuadas, concurso de acreedores o ejecución judicial y administrativa—, así como tener derecho a paro. Entonces ¿cuánto cobrarán?
Los trabajadores por cuenta propia cobrarán un 50% de su base de cotización. Esto quiere decir que la cantidad mínima que podría percibir es de 430 euros al mes (base mínima de 960’6) y como máximo 2069’5 euros mensuales.
Según el SEPE, el Mecanismo RED “constituye una medida de flexibilización y estabilización del empleo y se activa por el Consejo de ministros para un sector de la economía o por un ciclo temporal determinado”.
Esto se traduce en que “las medidas que se pueden autorizar a la empresa son la suspensión temporal del contrato de trabajo o la reducción de la jornada de las personas trabajadoras”.
Entre los motivos legales que se contemplan para que el autónomo pueda cesar su actividad, se encuentran:
Sin embargo, si se trata de una separación matrimonial, el cese tendría que producirse como máximo en los próximos 6 meses tras el acuerdo de divorcio.
En caso de tratarse de socios de sociedades de capital afiliados al RETA, podrán cesar su actividad si de forma involuntaria abandonan su cargo como administradores o consejeros y con pérdidas del 10% en un año, así como la reducción del patrimonio neto inferior a 2/3 del capital social invertido.
Lo primero es saber si puedes beneficiarte del paro siendo autónomo, ya que cotizar por cuenta propia no es lo mismo que hacerlo por cuenta ajena.
Según recoge el Decreto ley 28/2018, del 28 de diciembre: “Desde el 1 de enero de 2019, la cotización por cese de actividad es obligatoria”. Anteriormente, el autónomo podía elegir si cotizaba o no por ella.
A través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), se intensifica la protección a los autónomos en desempleo. Aquí están incluidos todos los autónomos que cumplen con los siguientes requisitos:
En este caso, sí podrías recibir la prestación; aunque en la práctica no es tan sencilla como parece. Aquí el cese de actividad proporciona al autónomo una ayuda económica, lo que se conoce como mutualidad propia. Sin embargo, se excluye a los siguientes:
Según recoge el BOE, en la Ley 32/2010, del 5 de agosto que “establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos”, hay una serie de condiciones:
En caso de haber perdido la licencia para desarrollar tu actividad económica por un delito penal, quedarás exento de dicha ayuda.
En Yoigo Negocios apoyamos a los autónomos y a todos los emprendedores para que tengan éxito en su negocio. Si tú también trabajas por cuenta propia, no dudes en consultar nuestra web o llama al 900 622 500 y te resolveremos cualquier duda.